Bases Legales Golden Ticket OUIGO

BASES DEL CONCURSO “2 OUIVERSARIO” DE  OUIGO ESPAÑA, S.A.U.

 

PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA, ÁMBITO TEMPORAL, TERRITORIAL Y PARTICIPANTES

 

La entidad mercantil OUIGO ESPAÑA, S.A.U. (“OUIGO”), con domicilio en la calle Alfonso XII n° 62, 28014- Madrid y C.I.F. n° A-88269972 (en adelante OUIGO), realizará una promoción de ámbito nacional, bajo la modalidad de “regalo directo y seguro limitado” a través de boleto instantáneo “rasca y gana” (en adelante, la “Promoción”) dentro del   periodo promocional que a continuación se especifica, dirigida a todas aquellas personas físicas mayores de 18 años residentes en España, que participen también a través de la red RRSS Instagram.

 

La promoción se llevará a cabo el 10 de mayo entre las 9:00 y las 18:00 horas, en las condiciones que más adelante se detallan.

 

Si por causas ajenas a OUIGO fuera necesario modificar, ampliar o repetir la Promoción, este hecho se hará público a través de los canales de OUIGO en las RRSS mencionadas.

 

La participación en la presente promoción es absolutamente gratuita.

 

SEGUNDA.- OBJETO

El objetivo de esta promoción es potenciar la comunicación del segundo aniversario de OUIGO orientada a consumidores de RRSS. OUIGO inició servicios en España el 10 mayo de 2021 en la línea Madrid - Barcelona.

 

TERCERA. – LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR

 

Podrán participar en la Promoción todas aquellas personas físicas mayores de 18 años que residan legalmente en España y sean usuarios registrados de Instagram con un perfil de usuario real.

 

No podrán participar en la presente Promoción los empleados de OUIGO ni los de aquellas empresas integradas en la realización de la Promoción o los respectivos familiares en segundo grado de todos ellos; así como los menores de 18 años y las personas no residentes en territorio nacional.

 

En el supuesto de que resultara ganador alguna de las personas excluidas de participación, estas perderán su derecho a obtener el premio, procediéndose a entregar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones de participación válidas designada como suplente.

 

CUARTA.- PREMIOS

Los premios que estarán disponibles en los “rasca y gana” son:

  • 20 refrescos. Están excluidas bebidas energéticas. Promoción disponible solo el día 10 de mayo de 2023 en los trayectos de la línea Madrid – Barcelona con motivo de la celebración del 2º aniversario de OUIGO.  
  • 30 cafés. Canjeable por un café de tamaño mediano. Promoción disponible solo el día 10 de mayo de 2023 en los trayectos de la línea Madrid – Barcelona con motivo de la celebración del 2º aniversario de OUIGO.  
  • 814 vouchers (700 de 5€, 100 de 10€, 10 de 20€, 4 de 50€). El código estará impreso en el voucher y se podrá canjear la web de OUIGO durante el proceso de compra, una vez seleccionado el viaje, introduciéndolo en el apartado "Tus vales y códigos promocionales". Se puede canjear hasta el 3 de septiembre de 2023 para viajar entre el 24 de julio de 2023 y el 3 de septiembre de 2023.  
  • 2 entradas individuales ALMAD + tren. Para canjear este premio, se tiene que escribir al email experience@ouigo.es para solicitar las entradas y los billetes de tren. Premio canjeable hasta el 15 de mayo de 2023.  
  • 5 entradas dobles Gala Orgullo. Para canjear este premio, se tiene que escribir al email experience@ouigo.es para solicitar las entradas y los billetes de tren. Premio canjeable hasta el 20 de junio de 2023.  
  • 47 lacasitos. Este premio se solicita al personal de a bordo que ha repartido el tarjetón. 
  • 100 tote bags. Este premio se solicita al personal de a bordo que ha repartido el tarjetón. 

 

Además de estos premios, se podrá optar al sorteo de un pack de 10 (DIEZ) billetes de tren (en adelante, “Golden Ticket”) en clase turista, para viajar hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

El ganador podrá viajar con un equipaje de mano (27cm x 36cm x 15cm) y un equipaje de cabina (55cm x 35cm x 25cm), no incluyéndose opciones adicionales más que las pactadas.

 

Sin perjuicio de lo previsto más adelante para la cancelación de la Promoción, en caso de fuerza mayor, o  causas ajenas a su voluntad, OUIGO podrá sustituir el premio por otro de igual valor/características, por los indicados motivos.

 

En ningún caso se podrá canjear el premio por su valor en metálico o por otro premio distinto. Queda prohibido la comercialización y/o venta del premio directa o indirectamente y por cualquier medio. El premio no puede cederse a otra persona.

 

QUINTA.- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE GANADORES

Para participar en la presente promoción, además de cumplir los requisitos anteriores, es necesario cumplir con lo siguiente:

 

  1. Los viajeros de los trenes de OUIGO que, dentro del periodo promocional, utilicen este servicio, recibirán por parte de la organización un boleto instantáneo “rasca y gana”, a través del que podrán participar, si lo estiman oportuno, en la presente Promoción, y recibir uno de los premios disponibles en los “rasca y gana”.

 

  1. Los viajeros que participen en la presente Promoción deberán compartir mediante la red social Instagram, una foto del boleto instantáneo “rasca y gana” a través de STORIES, etiquetando a la marca (@ouigo_es).

 

  1. Para poder hacer efectiva la participación, el usuario deberá seguir a la marca en su perfil de Instagram (www.instagram.com/ouigo_es)

 

Los viajeros podrán participar cuantas veces deseen en la presente Promoción, pero sólo contabilizará una participación por cada perfil de Instagram. Queda excluida la participación de una misma persona a través del uso de diferentes perfiles que pudiera disponer en Instagram. Si esto ocurriera, la participación del usuario podrá ser excluida conforme a las previsiones descritas en la base octava.

 

Solo se entenderá válida la participación de un usuario si se cumplen todos los requisitos previstos en las presentes bases.

 

OUIGO no se hace cargo de cualquier incidencia que pudiera interrumpir del servicio de Instagram impidiendo la participación la promoción. Del mismo modo, OUIGO no proveerá de conectividad de servicio de datos ni se hace cargo de cualquier incidencia de los operadores que impidieran la participación.

 

El sorteo del premio se realizará mediante una aplicación de selección aleatoria entre todos los participantes que hubieran cumplido los anteriores requisitos. La citada aplicación proporciona una herramienta para seleccionar de forma aleatoria el ganador de la promoción. Se seleccionará un total de 1 ganador y 2 suplentes, a más tardar, el día 12 de mayo de 2023. 

 

SEXTA.-  COMUNICACIÓN DE LOS GANADORES

OUIGO comunicará a través de mensaje directo (DM) al usuario premiado, solicitándole sus datos de       contacto con el fin de que confirme la aceptación del premio, y proporcione sus datos personales a través del mail experience@ouigo.es a partir de cuyo momento OUIGO le confirmará su condición de ganador del mismo.

 

El ganador/es dispondrá de un plazo de 24 horas, a contar desde la confirmación de su condición de agraciado, para facilitar al promotor los datos especificados en el párrafo precedente.

 

Asimismo, OUIGO remitirá vía email al agraciado/s la información necesaria para poder disfrutar del premio anteriormente descrito.

 

Una vez confirmados los anteriores datos, no se admitirá ningún tipo de cambio.

 

Transcurrido el indicado plazo sin que el ganador hubiera contactado con OUIGO, se procederá de idéntica manera con los suplentes, pudiendo, en su caso, declararse el premio desierto.

 

Tendrá la consideración de premio desierto aquel que no tiene ningún solicitante, o que no es adjudicado porque ninguna persona reúne los requisitos necesarios para la obtención del mismo.

 

SÉPTIMA.- CAMBIO Y DISFRUTE DEL PREMIO

El premio contenido en la presente Promoción, en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración, compensación en metálico o cesión a petición del ganador.

 

Para poder disfrutar de los viajes que contiene su premio Golden Ticket, el ganador deberá notificar su deseo de reserva con 7 días de antelación y escribiendo al email experience@ouigo.es. Las fechas de viaje que se excluyen de la promoción son:

 

Mayo - 12 al 15. Y el 31 de mayo (Albacete)

Junio - 8 de junio y del 23 al 25

Julio - Del 22 al 25 (Valencia)

Agosto - Del 11 al 16

Septiembre - Del 7 al 10 (Albacete) y del 8 al 11 (Barcelona)

Octubre - Del 6 al 9 (Valencia y Alicante), del 11 al 15 y del 30 al 31

Noviembre - Del 1 al 5

Diciembre - Del 1 al 10 y del 22 al 31

 

OCTAVA.- FRAUDE

En el caso de que OUIGO o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo de la promoción, alterando ilegalmente su registro, participación, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante. A este respecto es importante añadir que OUIGO ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. Por tanto, OUIGO se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito.

 

NOVENA- RECLAMACIÓN

El periodo de reclamación de la presente promoción finaliza transcurridas 24 horas desde la fecha de finalización del periodo promocional.

 

DÉCIMA.- ACEPTACIÓN DE BASES

Los participantes, por el mero hecho de participar en la presente promoción, aceptan sus bases (disponibles en www.instagram.com/ouigo_es) y el criterio OUIGO en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la presente promoción.

 

OUIGO se reserva el derecho a efectuar cualquier cambio, aclaración o rectificación en las Bases de esta promoción, así como a suspenderla o ampliarla en el momento que lo considere oportuno, por causas de fuerza mayor o ajenas a su voluntad, siempre haciendo públicos dichos cambios y previas las comunicaciones administraciones que, en su caso, correspondan.

 

DÉCIMO PRIMERA.- TRATAMIENTO DE DATOS

En cumplimiento de lo establecido en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) así como por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), OUIGO ESPAÑA, S.A.U. informa a los participantes que sus datos serán tratados para la gestión y desarrollo de la presente promoción y, en  su caso, para la redención de los premios en caso de que resulten ganadores.

 

En concreto, se tratará la imagen facilitada a la red social, los datos de carácter identificativo y de contacto y los datos derivados de la participación en la promoción.. Las participantes declaran y garantizan que todos los datos de carácter personal que facilite a OUIGO son veraces y se corresponden a su identidad.

 

El tratamiento de los datos está legitimado sobre la base del consentimiento facilitado al participar voluntariamente en la promoción. Por otro lado, los datos personales facilitados pueden ser tratados para el cumplimiento de las obligaciones legales que, en su caso, puedan resultar de aplicación a OUIGO.

 

El plazo de conservación de los datos de los ganadores será el necesario para el proceso de validación y envío de los premios, mientras que los datos de los participantes se conservarán durante el periodo de tiempo estrictamente necesario para gestionar la promoción. No obstante, en ambos casos, los datos podrán permanecer debidamente bloqueados en los sistemas de la empresa para atender cualquier tipo de obligación legal o reclamación.

 

Los datos personales podrán ser comunicados a distintos Organismos Públicos en cumplimiento de las obligaciones legales que resulten de aplicación a OUIGO (por ejemplo, en materia fiscal y contable) y a Notarios. No se prevé la transferencia internacional de los datos personales, no obstante, y en caso de proceder con alguna transferencia internacional, por ejemplo a un prestador de servicios que actúa en calidad de encargado del tratamiento, OUIGO lo hará priorizando la elección de un país que ofrezca un nivel adecuado de seguridad en materia de datos personales o, en su defecto, adoptando garantías adicionales para la seguridad de los datos personales transferidos, al amparo de las posibilidades que reconoce la normativa vigente como la suscripción de las cláusula contractuales tipo junto con la aplicación de las medidas técnicas y organizativas necesarias. Puedes obtener más información sobre transferencias internacionales y encargados del tratamiento escribiendo a datos@ouigo.es.

 

En todo momento, se podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, así como a retirar el consentimiento recogidos en el RGPD (UE) 216/679 y LOPDGDD, enviando su petición mediante un correo electrónico a datos@ouigo.es, bajo el asunto de Protección de datos, o mediante un escrito dirigido a la dirección anteriormente indicada de OUIGO ESPAÑA, S.A.U. En ambos casos de deberá facilitar un documento oficial de identificación.

 

Del mismo modo, los participantes pueden contactar con el DPO de OUIGO en dpo@ouigo.es.

 

Por último, los participantes tienen derecho a obtener la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) en caso de entender que se han vulnerado sus derechos.

 

DÉCIMO SEGUNDA.- MODIFICACIÓN DE BASES

La empresa organizadora se reserva el derecho de acortar, prorrogar, modificar o cancelar esta promoción si concurrieran circunstancias excepcionales que impidieran su realización, comunicando dichas circunstancias de manera que se evite cualquier perjuicio para los participantes en la misma.

 

DÉCIMO TERCERA.- RESPONSABILIDAD

La empresa organizadora de la Promoción no será responsable de los retrasos, pérdidas o deterioros por causas que no le sean imputables. La empresa organizadora tampoco responderá de los casos de fuerza mayor o causas ajenas a su voluntad que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio. La empresa organizadora quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del premio.

 

La empresa organizadora excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de la  RRSS mediante la cual se participa en la Promoción, redes telefónicas o a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo y, en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través de la RRSS de la  presente Promoción.

 

La empresa organizadora se reserva el derecho de eliminar de la Promoción por causa justificada a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la misma.

 

Asimismo, se informa a los participantes que la vigencia y la propia duración de la presente promoción queda sujeta a las limitaciones y recomendaciones que las Autoridades españolas han aprobado para hacer frente a la crisis sanitaria del COVID-19, una vez concluida la vigencia del estado de Alarma en el territorio nacional, así como a la restante normativa relacionada con la misma, en tanto pudieran afectar a la redención de los premios.

 

DÉCIMO CUARTA.- FISCALIDAD

A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no  residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto nº 1003/2014, de 5 de diciembre y novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 633/2015, de 10 de Julio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil OUIGO la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).

 

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.

 

A estos efectos, se comunica que el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición, incrementado en un veinte por ciento (20%), según establece el artículo 105.1 del citado Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

 

OUIGO se hará cargo del importe correspondiente al ingreso a cuenta del IRPF sobre el valor del premio. No obstante, corresponde al ganador incorporar tanto el importe del valor del premio como el importe del ingreso a cuenta no repercutido en su declaración anual del IRPF.

 

OUIGO advierte al premiado que, dependiendo de su nivel de renta, la incorporación del valor del premio y del ingreso a cuenta a su declaración, podría suponer un incremento en los impuestos que tengan que pagar por IRPF.

 

Asimismo, se informa al participante/ganador que deberán confirmar el día de su designación como tales sus datos personales, mostrando su DNI o documento válido de identificación en España.

 

OUIGO no será, en ningún caso, responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador de premio.

 

Se informa a los participantes que, dado el valor de los premios ofrecidos, estos no están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF.

 

DÉCIMO QUINTA. – CESIÓN DERECHOS

El ganador de la presente Promoción autoriza a OUIGO para que pueda explotar con carácter publicitario, el material a través del que ha participado en la presente promoción, en cualquier actividad publicitaria y/o promocional relacionada con la presente Promoción, sin que ello le confiera derecho de remuneración, contraprestación o beneficio económico alguno con excepción hecha de la entrega del Premio ganado conforme a las presentes bases legales. La presente autorización se realiza con carácter mundial, con carácter gratuito y por el plazo máximo de un año a contar desde la finalización del periodo promocional.

 

Sin perjuicio de lo anterior, OUIGO no estará en ningún caso obligado a utilizar el citado material de forma íntegra, pudiendo o no utilizarlas parcialmente, eligiendo las fotografías, imágenes y/o realizando los cortes y/o adaptaciones que considere convenientes en cada caso.

 

En caso de duda sobre el tratamiento de sus datos personales, puede dirigirse a dpo@ouigo.es

 

DÉCIMO SEXTA.- ADMINISTRACIÓN DE LA PROMOCIÓN A TRAVÉS DE INSTAGRAM

La plataforma Instagram no patrocina, avala ni administra de modo alguno esta Promoción, ni está asociada a ellas. La información que el usuario proporcione durante su participación en la Promoción la está proporcionando bajo su responsabilidad a OUIGO y no a Instagram. La información que proporcione se utilizará de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

 

DÉCIMO SÉPTIMA.- CAUSA DE FUERZA MAYOR

OUIGO se reserva el derecho de prorrogar, modificar, cancelar o dejar en suspenso el presente sorteo o de adoptar las medidas razonables que fueran necesarias si concurren causas de fuerza mayor o causas no imputables a OUIGO.

 

En caso de que, por las referidas causas, fuere necesario modificar las fechas del sorteo, la fecha de la elección del ganador y/o la fecha del disfrute del premio, OUIGO, comunicará las nuevas fechas a todos los participantes a través de sus canales de redes sociales y su página web.

 

En cualquier caso, OUIGO quedará eximido de toda obligación de compensación a los participantes si concurren las referidas causas o si por el imperativo legal, se suspendiese o cancelase el sorteo, la situación que se pondría convenientemente en conocimiento de los participantes tan pronto como fuese posible.

 

OUIGO se reserva el derecho de adoptar las medidas correctivas y a tomar aquellas decisiones

razonables que sean necesarias para solventar las incidencias que pudieran surgir durante el

transcurso del sorteo y el disfrute del premio, para garantizar el correcto desarrollo del mismo.

 

DÉCIMO OCTAVA.- LEGISLACIÓN APLICABLE

Estas bases de participación se rigen por la legislación española. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de estas bases quedará sometida a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, a los que las partes se someten con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. Las presentes Bases se someten al Derecho español común.

 

DÉCIMO NOVENA.- CONSULTA DE BASES

Las Bases del presente concurso se encuentran a disposición de cualquier persona que desee consultarlas en la página web www.ouigo.com/es/.