BASES DEL SORTEO “ENTRADAS PREMIOS ÍDOLO 2025” DE OUIGO ESPAÑA, S.A.U.

PRIMERA. - ENTIDAD ORGANIZADORA, ÁMBITO TEMPORAL, TERRITORIAL Y PARTICIPANTES

La entidad mercantil OUIGO ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, “OUIGO”), con domicilio en la calle Alfonso XII n° 62, 28014-Madrid y N.I.F. n° A-88.269.972, realizará una promoción de ámbito nacional, bajo la modalidad de "sorteo” denominada “Entradas Premios Ídolo 2025” (en adelante, la “Promoción”) dentro del periodo promocional que a continuación se especifica, dirigida a todas aquellas personas físicas mayores de 18 años residentes en España, a través del perfil de OUIGO en Instagram  (@ouigo_es).

La Promoción se llevará a cabo desde las 12:00:00 horas del día 27 de noviembre de 2025 hasta las 23:59:59 horas del día 3 de diciembre de 2025, ambos inclusive, en las condiciones que más adelante se detallan.

Si por causas ajenas a OUIGO fuera necesario modificar, ampliar o repetir la Promoción, este hecho se hará público a través del perfil de OUIGO en Instagram. 

La participación en la presente Promoción es absolutamente gratuita.

SEGUNDA. – OBJETO

El objetivo de esta Promoción es potenciar la notoriedad de OUIGO orientada a consumidores de RRSS, en concreto, Instagram. La Promoción, que OUIGO realizará a través de su cuenta oficial de Instagram, consistirá en el sorteo de dos (2) entradas dobles, se entregará una (1) entrada doble para cada una de las dos (2) personas que resulten ganadoras por sorteo aleatorio. Cada entrada doble será válida para asistir al evento Premios Ídolo que tendrá lugar el 11 de diciembre de 2025 en el recinto Ifema en Madrid (en adelante, el “Evento”). 

Cada entrada doble permitirá el acceso al Evento a dos (2) personas: el ganador y un acompañante de su libre elección. En el caso de que el ganador lo solicitara para poder desplazarse al Evento, OUIGO le proporcionará y, en su caso, a su respectivo acompañante, un billete de tren de ida y vuelta a Madrid desde Albacete, Alicante, Barcelona, Córdoba, Cuenca, Elche, Málaga, Murcia, Segovia, Sevilla, Tarragona, Valencia, Valladolid o Zaragoza en las condiciones que se detallan más adelante. 

Las entradas y los billetes de tren serán válidas exclusivamente para las fechas reflejadas en ellos y no podrán ser modificadas, canjeadas por otra fecha, ni transferidas a terceros.

TERCERA. – LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR 

Podrán participar en la Promoción todas aquellas personas físicas mayores de 18 años que residan legalmente en España y sean usuarios registrados de Instagram, con un perfil de usuario real.

No podrán participar en la presente Promoción los empleados de OUIGO ni los de aquellas empresas integradas en la realización de la Promoción o los respectivos familiares en segundo grado de todos ellos; así como los menores de 18 años y las personas no residentes en territorio nacional.

En el supuesto de que resultara ganador alguna de las personas excluidas de participación, estas perderán su derecho a obtener el premio, procediéndose a entregar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones de participación válidas designada como suplente.

CUARTA. - MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

Para participar en la presente Promoción, además de cumplir los requisitos anteriores, es necesario cumplir con lo siguiente:

●    Los usuarios deberán seguir la cuenta @ouigo_es, darle “me gusta” a la publicación que OUIGO realizará anunciando la Promoción y comentar la publicación incluyendo una mención a un amigo/a (otro perfil de Instagram real).

Los usuarios podrán participar tantas veces como deseen, siempre y cuando hagan uso del mismo perfil de Instagram en el que participen. Queda por lo tanto excluida la participación de una persona a través del uso de diferentes perfiles que pudiera disponer. Si esto ocurriera, la participación del usuario podría ser excluida de conformidad con las presentes bases.

Con independencia del número de veces en las que se participe, cada usuario podrá obtener un máximo de un (1) premio.

Solo se entenderá válida la participación de un usuario si se cumplen todos los requisitos previstos en las presentes bases.

No se aceptan comentarios con contenido vulgar, difamatorio o que atenten contra la moral y las buenas costumbres. Éstos podrán ser automáticamente borrados de la cadena de comentarios de la publicación y, en cualquier caso, no computarán para la participación en la Promoción.  

El participante manifiesta y garantiza a OUIGO que la publicación de su comentario para su participación en la Promoción de acuerdo con las presentes bases es exclusiva responsabilidad del usuario participante de modo que OUIGO no será responsable por ninguna infracción que pudiera derivarse de dicha publicación y, en particular, en lo relativo a posibles infracciones de los derechos de terceros. En consecuencia, el usuario participante exonera expresamente a OUIGO de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse por la publicación de comentario, por etiquetar a terceros usuarios y por el nombramiento de los mismos, así como del uso de dichas publicaciones que pudiera llevar a cabo cualquier tercero. 

OUIGO no se hace cargo de cualquier incidencia que pudiera interrumpir el servicio de Instagram que impida la participación en la Promoción. Del mismo modo, OUIGO no proveerá de conectividad de servicio de datos ni se hace cargo de cualquier incidencia de los operadores que impidieran la participación.

QUINTA. – SORTEO Y COMUNICACIÓN CON LOS GANADORES

El sorteo se realizará de forma aleatoria mediante la herramienta digital, APP SORTEOS, garantizando la transparencia y aleatoriedad del proceso.

La designación de los ganadores se realizará a partir de un único conjunto de participaciones, compuesto por los comentarios realizados en la publicación correspondiente a la Promoción. El proceso se repetirá tantas veces como sea necesario hasta obtener dos (2) ganadores válidos. 

Asimismo, se designarán hasta cuatro (4) suplentes mediante el mismo proceso, a fin de cubrir posibles renuncias, incumplimientos o imposibilidades de los ganadores originales.

OUIGO se pondrá en contacto con los ganadores a partir de las 12:00:00 horas del día 4 de diciembre de 2025, mediante mensaje directo (DM) a través de la cuenta oficial de Instagram de OUIGO.

Los ganadores dispondrán de un plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde el envío del mensaje por parte de OUIGO para aceptar expresamente el premio. En caso de no recibir respuesta en el plazo indicado, o si alguno de los ganadores no cumple con los requisitos establecidos en las presentes bases, se procederá a contactar con los suplentes, en orden. 

Si los suplentes tampoco responden o no cumplen con los requisitos, se seleccionarán cuatro (4) suplentes adicionales por el mismo proceso. OUIGO se reserva el derecho de declarar desierto el premio correspondiente en caso de no poder contactar con ninguno de los ganadores originales, los cuatro (4) suplentes iniciales, ni los cuatro (4) suplentes adicionales dentro de los plazos establecidos o en caso de que ninguno cumpla los requisitos establecidos en estas bases.

SEXTA. – PREMIOS Y ENTREGA A LOS GANADORES

Los premios que se sortearán en la presente Promoción serán los indicados a continuación: 

●    Dos (2) entradas dobles para asistir al Evento, cada una para uno de los ganadores y un (1) acompañante.

●    En el caso de ser necesario y solicitarlo el ganador, billetes de tren ida y vuelta, operados por OUIGO, para el ganador y, en su caso, para su acompañante con origen en Albacete, Alicante, Barcelona, Córdoba, Cuenca, Elche, Málaga, Murcia, Segovia, Sevilla, Tarragona, Valencia, Valladolid o Zaragoza y con destino Madrid, en fechas que coincidan con la celebración del Evento, con ida el 11 de diciembre y vuelta no más tarde del 14 de diciembre. No se incluye alojamiento.

●    Las fechas y horarios de los trayectos estarán sujetos a disponibilidad y serán determinados por OUIGO. 
Los billetes serán OUIGO Esencial, y no se incluirán opciones adicionales (como equipaje, mascotas, etc.) ni otros productos (“packs” y similares) que incluyan alguna opción junto con el billete.

Para poder recibir las entradas y, en su caso, los billetes el ganador deberá proporcionar a OUIGO los datos personales requeridos y, en su caso, los de su acompañante. Para recibir las entradas, el ganador deberá comunicar una dirección de correo electrónico. En el caso de necesitar transporte, que se ofrecerá bajo las condiciones previstas en estas bases, se solicitará, además, el nombre, apellidos y número de DNI de quienes vayan a viajar. Al facilitar los datos del acompañante, el ganador declara haber obtenido su consentimiento expreso para compartir dicha información con OUIGO, exclusivamente con la finalidad de gestionar la entrega del premio. OUIGO enviará las entradas a la dirección de correo electrónico que el ganador le haya proporcionado. 

Sin perjuicio de lo previsto más adelante para la cancelación de la Promoción, en caso de fuerza mayor, o causas ajenas a su voluntad, OUIGO podrá sustituir los citados premios por otros de igual o superiores valor / características, por los indicados motivos.

En ningún caso se podrá canjear el premio por su valor en metálico o por otro premio distinto. Queda prohibido la comercialización y/o venta del premio directa o indirectamente y por cualquier medio.

SÉPTIMA. - FRAUDE

En el caso de que OUIGO o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente Promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo de la Promoción, alterando ilegalmente su registro, participación, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante. A este respecto es importante añadir que OUIGO ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. Por tanto, el promotor se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito.

OCTAVA. - RECLAMACIÓN

El periodo de reclamación de la Promoción finaliza transcurrido un mes desde la fecha de finalización del periodo promocional.

NOVENA. - ACEPTACIÓN DE BASES

Los participantes, por el mero hecho de participar en la Promoción, aceptan sus bases (disponibles en https://www.ouigo.com/es/bases-premios-idolo) y el criterio de los promotores en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción.

DÉCIMA. - TRATAMIENTO DE DATOS

En cumplimiento de lo establecido en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) así como por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), OUIGO ESPAÑA, S.A.U. informa a los participantes que sus datos serán tratados para la gestión y desarrollo de la presente Promoción, así como en su caso, para la redención de los premios en caso de que resulten ganadores.

Las participantes declaran y garantizan que todos los datos de carácter personal que facilite a OUIGO son veraces y se corresponden a su identidad.

El tratamiento de los datos está legitimado sobre la base de la ejecución de la relación promocional establecida con OUIGO, y se tratan por ésta con la finalidad de gestionar el registro y participación en la Promoción, así como para hacer efectiva la entrega del premio en caso de resultar ganador de la misma. La recogida de los datos personales es necesaria para los fines indicados anteriormente, de manera que una eventual oposición por el participante supondría la imposibilidad de participar en la Promoción al constituir el tratamiento de sus datos un requisito contractual.

En todo momento, se podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, recogidos en el RGPD (UE) 216/679 y LOPDGDD, enviando su petición mediante correo electrónico a datos @ouigo.es bajo el asunto de Protección de datos o mediante escrito dirigido a la dirección anteriormente indicada de OUIGO ESPAÑA, S.A.U., a la atención de datos@ouigo.es.

El plazo de conservación de los datos de los ganadores y en su caso, de su(s) acompañante(s) será el necesario para el proceso de validación y envío de los premios, así como en su caso atender el plazo de prescripción de las obligaciones legales en materia tributaria, en su caso.

Una vez cumplidas estas finalidades, los datos se conservarán exclusivamente durante el periodo de tiempo necesario que permita a OUIGO ejercitar su derecho de defensa en caso de que o bien ella reclame o bien se le reclame a ella cualquier tipo de responsabilidad derivada de su participación en la promoción. Este periodo de tiempo será el equivalente a la prescripción de las acciones y obligaciones que puedan derivarse de la relación entre usted y OUIGO.

DÉCIMO PRIMERA. -ADMINISTRACIÓN DE LA PROMOCIÓN A TRAVÉS DE INSTAGRAM

Instagram no patrocina, avala, ni administra de modo alguno esta Promoción, ni está asociada a ella. La información que el usuario proporcione durante su participación en la Promoción la está proporcionando bajo su responsabilidad a OUIGO y no a Instagram. La información que proporcione se utilizará de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

DÉCIMO SEGUNDA. - RESPONSABILIDAD

OUIGO no será responsable de los retrasos, pérdidas o deterioros por causas que no le sean imputables. OUIGO tampoco responderá de los casos de fuerza mayor (tales como huelgas, cancelación de las circulaciones por ADIF, restricciones de tráfico o plazas impuestas al operador ferroviario, restricciones de movilidad personal o en los lugares de residencia de los participantes, etc.) o causas ajenas a su voluntad que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio. OUIGO quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del premio.

OUIGO excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de la red social mediante la cual se participa en la Promoción, redes telefónicas o a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo y, en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través de la red social de la presente Promoción.

OUIGO queda exonerada de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a OUIGO y especialmente por actos externos de mala fe. 

Tampoco será responsable OUIGO por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.

DÉCIMO TERCERA. - FISCALIDAD

A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto nº 1003/2014, de 5 de diciembre y novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 633/2015, de 10 de Julio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil OUIGO la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a trescientos (300) euros.

A estos efectos, se comunica que el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición, incrementado en un veinte por ciento (20%), según establece el artículo 105.1 del citado Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

En premios de importe superior a trescientos euros (300€), OUIGO se hará cargo del importe correspondiente al ingreso a cuenta del IRPF sobre el valor del premio. No obstante, corresponde al ganador incorporar tanto el importe del valor del premio como el importe del ingreso a cuenta no repercutido en su declaración anual del IRPF. 
OUIGO advierte al premiado que, dependiendo de su nivel de renta, la incorporación del valor del premio y del ingreso a cuenta a su declaración, podría suponer un incremento en los impuestos que tengan que pagar por IRPF.
Asimismo, se informa a los participantes de que, en caso de resultar ganadores, deberán comunicar a OUIGO los datos personales necesarios para que OUIGO pueda hacer las oportunas declaraciones fiscales. Estos datos serán el nombre y apellidos, el número de DNI y la provincia de residencia.

OUIGO no será, en ningún caso, responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador de premio.

DÉCIMO QUINTA. - LEGISLACIÓN APLICABLE

Estas bases de participación se rigen por la legislación española. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de estas bases será resuelta por los juzgados y tribunales del domicilio del agraciado, a los que las partes se someten con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

DÉCIMO SEXTA. - DEPÓSITO DE BASES

Las Bases de la presente promoción estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas en https://www.ouigo.com/es/bases-premios-idolo.