BASES DEL SORTEO “CÁSATE CON OUIGO EN MAD COOL FESTIVAL”

DE OUIGO ESPAÑA, S.A.U.
 

PRIMERA. - ENTIDAD ORGANIZADORA, ÁMBITO TEMPORAL, TERRITORIAL Y PARTICIPANTES


La entidad mercantil OUIGO ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, “OUIGO”), con domicilio en la calle Alfonso XII n° 62, 28014-Madrid y C.I.F. n° A-88269972, realizará una promoción de ámbito nacional, bajo la modalidad de "sorteo” denominada “CÁSATE CON OUIGO EN MAD COOL FESTIVAL” (en adelante, la “Promoción”) dentro del periodo promocional que a continuación se especifica, dirigida a todas aquellas personas físicas mayores de 18 años residentes en España, a través del perfil de Instagram de OUIGO “@ouigo_es”
La Promoción se llevará a cabo desde las 10:00:00 horas del día 5 de julio de 2024 hasta las 23:59:99 horas del día 7 de julio de 2024, ambos inclusive, en las condiciones que más adelante se detallan.
Si por causas ajenas a OUIGO fuera necesario modificar, ampliar o repetir la Promoción, este hecho se hará público a través de los canales de OUIGO en Instagram. 
La participación en la presente Promoción es absolutamente gratuita.


SEGUNDA. - OBJETO


El objetivo de esta Promoción es potenciar la notoriedad de OUIGO orientada a consumidores de RRSS, en concreto, Instagram. 


TERCERA. – LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR 


Podrán participar en la Promoción todas aquellas personas físicas mayores de 18 años que residan legalmente en España y sean usuarios registrados de la RRSS Instagram con un perfil de usuario real y público. 
No podrán participar en la presente Promoción los empleados de OUIGO ni los de aquellas empresas integradas en la realización de la Promoción o los respectivos familiares en segundo grado de todos ellos; así como los menores de 18 años y las personas no residentes en territorio nacional.
En el supuesto de que resultara ganador alguna de las personas excluidas de participación, estas perderán su derecho a obtener el premio, procediéndose a entregar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones de participación válidas designada como suplente. 


CUARTA. - MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

Para participar en la presente Promoción, además de cumplir los requisitos anteriores, es necesario que los participantes cumplan con lo siguiente:

●    Seguir el perfil de Instagram de OUIGO, @ouigo_es.
●    Tener un perfil de Instagram público
●    Comentar el post de Instagram que OUIGO realizará anunciando la Promoción, incluyendo una mención a la cuenta de Instagram de la persona a la que llevarían a vivir la experiencia de la Promoción.
●    Publicar en su perfil de Instagram una storie con el post que OUIGO realice anunciando la Promoción.

Los usuarios podrán participar tantas veces como deseen, siempre y cuando en todas las ocasiones hagan uso del mismo perfil de Instagram y mencionen a una persona diferente en cada comentario. Si en varios comentarios se menciona a una misma persona, solo se computará uno de ellos. Queda por lo tanto excluida la participación de una persona a través del uso de diferentes perfiles que pudiera disponer. Si esto ocurriera, la participación del usuario podría ser excluida de conformidad con las presentes Bases.

Solo se entenderá válida la participación de un usuario si se cumplen todos los requisitos previstos en las presentes bases.

No se aceptan comentarios ni stories con contenido vulgar, difamatorio o que atenten contra la moral y las buenas costumbres o la imagen de OUIGO. El usuario que suba un story o comentario de esas características podrá ser excluido de la Promoción, conforme a estas Bases. Además, el comentario será automáticamente borrado de la cadena de comentarios del post publicado.

El participante manifiesta y garantiza a OUIGO que la publicación de su comentario y su story a través de Instagram para su participación en la Promoción de acuerdo con las presentes bases es exclusiva responsabilidad del usuario participante de modo que OUIGO no será responsable por ninguna infracción que pudiera derivarse de dichos stories y comentarios y, en particular, en lo relativo a posibles infracciones de los derechos de terceros. En consecuencia, el usuario participante exonera expresamente a OUIGO de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse por la publicación del comentario y del story, por etiquetar a terceros usuarios y por el nombramiento de los mismos, así como del uso que de ellos pudiera llevar a cabo cualquier tercero.

Asimismo, el usuario participante autoriza expresamente a OUIGO a reproducir, utilizar y/o difundir el comentario, en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta Promoción, todo ello en cualquier medio, incluido Internet, sin límite de tiempo ni de territorio, sin que dichas actividades le confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado, en su caso, conforme a estas bases, exonerando asimismo a OUIGO de cualquier responsabilidad que de ello se pudiera derivar.

OUIGO no se hace cargo de cualquier incidencia que pudiera interrumpir el servicio de Instagram, impidiendo la participación en la Promoción. Del mismo modo, la organización no proveerá de conectividad de servicio de datos ni se hace cargo de cualquier incidencia de los operadores que impidieran la participación.

 

QUINTA. - SELECCIÓN DE GANADORES: SORTEO

El sorteo del premio se realizará mediante el sistema aleatorio de la aplicación App Sorteos (https://app-sorteos.com/es)  entre todos los participantes que hubieran cumplido los anteriores requisitos. La citada aplicación proporciona una herramienta para seleccionar de forma aleatoria los ganadores de la promoción, emitiendo un certificado de validez conforme el sorteo se ha realizado a través de la misma y de forma aleatoria. Se seleccionará un total de cuatro (4) ganadores, así como ocho (8) suplentes, a más tardar, el día 8 de julio de 2024.

OUIGO se reserva la posibilidad de modificar dicha fecha a su conveniencia, siempre que sea por causa justificada.
 

SEXTA. - PREMIOS


Los premios sorteados en la presente Promoción serán los indicados a continuación: 
●    Un (1) abono doble VIP para los cuatro días de Mad Cool Festival 2024, esto es, del 10 de julio de 2024 hasta el 13 de julio de 2024 (en adelante, el “Festival”) + acceso rápido (Fast Track) para la experiencia que se ofrecerá en el festival de celebrar una “Boda en Alta Velocidad” con OUIGO.
●    Tres (3) entradas dobles del Festival Mad Cool 2024, una para el jueves 11, otra para el viernes 12 y otra para el sábado 13. Cada entrada doble es un premio de la Promoción + acceso rápido (Fast Track) para la experiencia que se ofrecerá en el festival de celebrar una “Boda en Alta Velocidad” con OUIGO.
Como parte del premio, a los ganadores se les ofrecerán, además, dos (2) billetes de ida y vuelta a Madrid entre el 9 de julio y el 14 de julio, siempre y cuando sea desde algunos de los destinos habilitados en los trenes de OUIGO y sujeto a disponibilidad de asientos.
La asignación de los premios a los ganadores se realizará de forma aleatoria por la aplicación App Sorteos (https://app-sorteos.com/es).
No se incluyen opciones adicionales en los billetes de tren (como equipaje, mascotas, etc.) ni es aplicable para productos ("packs” y similares) que incluyan alguna opción junto con el billete. 
Sin perjuicio de lo previsto más adelante para la cancelación del sorteo, en caso de fuerza mayor, o causas ajenas a su voluntad, OUIGO podrá sustituir los citados premios por otros de igual o superiores valor / características, por los indicados motivos. 
En ningún caso se podrá canjear el premio por su valor en metálico o por otro premio distinto. Queda prohibido la comercialización y/o venta del premio directa o indirectamente y por cualquier medio.


SÉPTIMA. - COMUNICACIÓN AL GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO

Una vez seleccionados los cuatro (4) ganadores, OUIGO contactará a cada uno de ellos por mensaje directo de Instagram a más tardar el día 7 de julio de 2024. El ganador dispondrá de 12 horas para contactar con OUIGO vía mensaje privado con el fin de comunicar a OUIGO la aceptación del premio y facilitar sus datos de contacto personal. Transcurrido el indicado plazo sin que el ganador hubiera cumplimentado los anteriores extremos, se procederá de idéntica manera con los suplentes, pudiendo, en su caso, llegar a declararse el premio desierto.

En dicho mensaje privado, el ganador deberá proporcionar a OUIGO los datos personales requeridos, a partir de cuyo momento OUIGO realizará, en caso de ser necesario y posible, la reserva del billete, remitiéndole la documentación del viaje junto con las pautas para la recogida de las entradas de acceso al festival (pulseras) al email que el ganador hubiera facilitado, en el plazo de 24 horas, a contar desde la aceptación del premio por el ganador.


OCTAVA. - FRAUDE


En el caso de que OUIGO o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente Promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo de la Promoción, alterando ilegalmente su registro, participación, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante. A este respecto es importante añadir que el promotor ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. Por tanto, el promotor se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito.


NOVENA. - RECLAMACIÓN


El periodo de reclamación de la Promoción finaliza transcurrido un mes desde la fecha de finalización del periodo promocional.


DÉCIMA. - ACEPTACIÓN DE BASES


Los participantes, por el mero hecho de participar en la Promoción, aceptan sus bases (disponibles en www.ouigo.com) y el criterio de los promotores en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción. 


DÉCIMO PRIMERA. - TRATAMIENTO DE DATOS


En cumplimiento de lo establecido en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) así como por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), OUIGO ESPAÑA, S.A.U. informa a los participantes que sus datos serán tratados para la gestión y desarrollo de la presente Promoción, así como en su caso, para la redención de los premios en caso de que resulten ganadores.

Las participantes declaran y garantizan que todos los datos de carácter personal que facilite a OUIGO son veraces y se corresponden a su identidad.

El tratamiento de los datos está legitimado sobre la base de la ejecución de la relación promocional establecida con OUIGO, y se tratan por ésta con la finalidad de gestionar el registro y participación en la Promoción, así como para hacer efectiva la entrega del premio en caso de resultar ganador de la misma. La recogida de los datos personales es necesaria para los fines indicados anteriormente, de manera que una eventual oposición por el participante supondría la imposibilidad de participar en el sorteo al constituir el tratamiento de sus datos un requisito contractual.

En todo momento, se podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, recogidos en el RGPD (UE) 216/679 y LOPDGDD, enviando su petición mediante correo electrónico a datos @ouigo.es bajo el asunto de Protección de datos o mediante escrito dirigido a la dirección anteriormente indicada de OUIGO ESPAÑA, S.A.U., a la atención de datos @ouigo.es.

El plazo de conservación de los datos de los ganadores será el necesario para el proceso de validación y envío de los premios, así como en su caso atender el plazo de prescripción de las obligaciones legales en materia tributaria, en su caso.
Una vez cumplidas estas finalidades, los datos se conservarán exclusivamente durante el periodo de tiempo necesario que permita a la Promotora ejercitar su derecho de defensa en caso de que o bien ella reclame o bien se le reclame a ella cualquier tipo de responsabilidad derivada de su participación en la promoción. Este periodo de tiempo será el equivalente a la prescripción de las acciones y obligaciones que puedan derivarse de la relación entre usted y la Promotora. En caso de disconformidad, se podrá presentar una queja ante la Agencia Española de Protección de Datos.


DÉCIMO SEGUNDA. -ADMINISTRACIÓN DE LA PROMOCIÓN A TRAVÉS DE LAS PLATAFORMA INSTAGRAM


Instagram no avala, ni administra de modo alguno esta Promoción, ni está asociada a ella. La información que el usuario proporcione durante su participación en la Promoción la está proporcionando bajo su responsabilidad a OUIGO y no a Instagram. La información que proporcione se utilizará de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. 
DÉCIMO TERCERA. - RESPONSABILIDAD
OUIGO no será responsable de los retrasos, pérdidas o deterioros por causas que no le sean imputables. La empresa organizadora tampoco responderá de los casos de fuerza mayor (tales como huelgas, cancelación de las circulaciones por ADIF, restricciones de tráfico o plazas impuestas al operador ferroviario, restricciones de movilidad personal o en los lugares de residencia de los participantes…etc.) o causas ajenas a su voluntad que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio. La empresa organizadora quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del premio.
OUIGO excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de Instagram, redes telefónicas o a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo y, en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través Instagram.
OUIGO queda exonerada de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a OUIGO y especialmente por actos externos de mala fe. 
Tampoco será responsable OUIGO por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma. 


DÉCIMO CUARTA. – DERECHOS DE AUTOR, DE PROPIEDAD INDUSTRIAL Y/O INTELECTUAL

Los participantes garantizan a OUIGO que disponen de los derechos de autor, de propiedad industrial y/o intelectual, consentimiento expreso o de cualquier otra naturaleza sobre los stories y comentarios publicados por ellos con motivo de la Promoción y, ceden en exclusiva, de forma gratuita, con facultad de cesión a terceros, sin límite temporal ni territorial a favor de OUIGO todos los derechos de explotación sobre los mismos por cualquier medio.

 

DÉCIMO QUINTA. - FISCALIDAD

A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no  residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto nº 1003/2014, de 5 de diciembre y novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 633/2015, de 10 de Julio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil OUIGO la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros.

A estos efectos, se comunica que el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición, incrementado en un veinte por ciento (20%), según establece el artículo 105.1 del citado Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

OUIGO se hará cargo del importe correspondiente al ingreso a cuenta del IRPF sobre el valor del premio. No obstante, corresponde al ganador incorporar tanto el importe del valor del premio como el importe del ingreso a cuenta no repercutido en su declaración anual del IRPF.

OUIGO advierte al premiado que, dependiendo de su nivel de renta, la incorporación del valor del premio y del ingreso a cuenta a su declaración, podría suponer un incremento en los impuestos que tengan que pagar por IRPF.

Asimismo, se informa al participante/ganador que deberán confirmar el día de su designación como tales sus datos personales, mostrando su DNI o documento válido de identificación en España.

OUIGO no será, en ningún caso, responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador del premio.

Se informa a los participantes que, dado el valor de los premios ofrecidos, estos están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF.


DÉCIMO SEXTA. - LEGISLACIÓN APLICABLE


Estas bases de participación se rigen por la legislación española. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de estas bases será resuelta por los juzgados y tribunales del domicilio del agraciado, a los que las partes se someten con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

DÉCIMO SÉPTIMA. - DEPÓSITO DE BASES


Las bases de la presente promoción se encuentran depositadas y protocolizadas ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid Eva María Fernández Medina, con despacho en C/ de Hermosilla, 31, 4º Derecha, 28001 Madrid y publicadas en el Archivo Electrónico de bases de promociones (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en www.notariado.org/liferay/web/notariado/e-notario y estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas, así como en https://www.ouigo.com/es/.