BASES DEL CONCURSO “MADCOOL”

DE OUIGO ESPAÑA, S.A.U.

PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA, ÁMBITO TEMPORAL, TERRITORIAL Y PARTICIPANTES

La entidad mercantil OUIGO ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, “OUIGO”), con domicilio en la calle Alfonso XII n° 62, 28014-Madrid y C.I.F. n° A-88.269.972, realizará una promoción de ámbito nacional, bajo la modalidad de "concurso” denominada “Concurso MAD COOL” (en adelante, la “Promoción”) dentro del periodo promocional que a continuación se especifica, dirigida a todas aquellas personas físicas mayores de 18 años residentes en España, a través de los canales oficiales de OUIGO España en las RRSS Instagram (www.instagram.com/ouigo_es) y TikTok (@ouigo_es).

La Promoción se llevará a cabo desde las 15:00:00 horas del día 22 de junio de 2023 hasta las 23:59:59 horas del día 30 de junio de 2023, ambos inclusive, en las condiciones que más adelante se detallan.

Si por causas ajenas a OUIGO fuera necesario modificar, ampliar o repetir la Promoción, este hecho se hará público a través de los canales de OUIGO en las RRSS mencionadas.

La participación en la presente Promoción es absolutamente gratuita.

 

SEGUNDA.- OBJETO

El objetivo de esta Promoción es potenciar la notoriedad de OUIGO orientada a consumidores de RRSS, en concreto, Instagram y TikTok.

 

TERCERA. – LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR

Podrán participar en la Promoción todas aquellas personas físicas mayores de 18 años, que residan legalmente en España y sean usuarios registrados de cualquiera de las RRSS Instagram y TikTok con un perfil de usuario real y público.

No podrán participar en la presente Promoción los empleados de OUIGO ni los de aquellas empresas integradas en la realización de la Promoción o los respectivos familiares en segundo grado de todos ellos; así como los menores de 18 años y las personas no residentes en territorio nacional.

En el supuesto de que resultara ganador alguna de las personas excluidas de participación, estas perderán su derecho a obtener el premio, procediéndose a entregar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones de participación válidas designada como suplente.

 

CUARTA.- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

Para participar en la presente Promoción, además de cumplir los requisitos anteriores, es necesario cumplir con lo siguiente:

 

  1. Los usuarios que participen a través de Instagram deberán seguir la cuenta @ouigo_es y publicar un vídeo con una canción de los artistas que hay en el cartel del festival Mad Cool (accesible a través del enlace indicado en la sección Sexta de estas bases), mencionando a la cuenta @ouigo_es e incluyendo el hashtag #OUIGOxMadCool.  
  2. Los usuarios que participen a través de TikTok deberán seguir la cuenta @ouigo_es y publicar un vídeo con una canción de los artistas que hay en el cartel del festival Mad Cool (accesible a través del enlace indicado en la sección Sexta de estas bases), mencionando a la cuenta @ouigo_es e incluyendo el hashtag #OUIGOxMadCool.

 

La participación en la presente Promoción está limitada a una por participante.  Igualmente, queda excluida la participación de una persona a través del uso de diferentes perfiles que pudiera disponer. Si esto ocurriera, la participación del usuario podría ser excluida de conformidad con las presentes bases.

 

Solo se entenderá válida la participación de un usuario si se cumplen todos los requisitos previstos en las presentes bases.

 

No podrán participar en la Promoción y, por tanto, el jurado no tendrá en cuenta en ningún caso los vídeos que tengan contenido vulgar, difamatorio o que atenten contra la moral y las buenas costumbres o la imagen de OUIGO.

 

El participante manifiesta y garantiza a OUIGO que la publicación de su video a través de cualquiera de las RRSS para su participación en la Promoción de acuerdo con las presentes bases es exclusiva responsabilidad del usuario participante y que ostenta todos los derechos sobre el vídeo, de modo que OUIGO no será responsable por ninguna infracción que pudiera derivarse de dicha publicación y, en particular, en lo relativo a posibles infracciones de los derechos de terceros. En consecuencia, el usuario participante exonera expresamente a OUIGO de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse por la publicación del video, por la infracción de derechos de propiedad intelectual o de otra naturaleza de terceros, por etiquetar a terceros usuarios y por el nombramiento de los mismos, así como del uso de dichas publicaciones que pudiera llevar a cabo cualquier tercero.

 

Asimismo, el usuario participante autoriza expresamente a OUIGO a reproducir, utilizar y/o difundir la publicación, en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta Promoción, todo ello en cualquier medio, incluido Internet, sin límite de tiempo, sin que dichas actividades le confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado, en su caso, conforme a estas bases, exonerando asimismo a OUIGO de cualquier responsabilidad que de ello se pudiera derivar.

 

OUIGO no se hace cargo de cualquier incidencia que pudiera interrumpir el servicio de Instagram, o TikTok, impidiendo la participación en la Promoción. Del mismo modo, OUIGO no proveerá de conectividad de servicio de datos ni se hace cargo de cualquier incidencia de los operadores que impidieran la participación.

 

QUINTA.- SELECCIÓN DE GANADORES: CONCURSO

La selección de los ganadores se realizará por un jurado compuesto por empleados de OUIGO. El criterio de selección será la originalidad del vídeo publicado.

 

Se seleccionará un total de dos (2) ganadores de entre todos los participantes de la Promoción en ambas redes sociales, así como cuatro (4) suplentes, a más tardar, el día 3 de julio de 2023. La fecha en la que se harán públicos los ganadores será anunciada en los perfiles oficiales de Instagram y Tiktok de OUIGO.

 

OUIGO se reserva la posibilidad de modificar dicha fecha a su conveniencia, siempre que sea por causa justificada.

 

SEXTA.- PREMIOS

Los premios de la presente Promoción serán los indicados a continuación:

  • Premio para el primer ganador: 1 entrada doble VIP de abono de tres días al festival Mad Cool.
  • Premio para el segundo ganador: 1 entrada de abono normal de tres días doble al festival Mad Cool.

Exclusivamente aquellos ganadores que acudan al festival Mad Cool desde alguno de los destinos habilitados en los trenes OUIGO (esto es, desde Barcelona, Valencia, Tarragona, Zaragoza, Albacete o Alicante) y que así lo soliciten expresamente a OUIGO tendrán el transporte incluido, siempre sujeto a la disponibilidad de los asientos. No se incluyen opciones adicionales en los billetes de tren (como equipaje, mascotas, etc.) ni es aplicable para productos ("packs” y similares) que incluyan alguna opción junto con el billete.

En ningún caso se incluye el alojamiento.

El festival Mad Cool se celebrará en Madrid los días 6,7 y 8 de julio. Se puede acceder al cartel oficial del festival en el siguiente enlace: Cartel Oficial Mad Cool Festival.

Sin perjuicio de lo previsto más adelante para la cancelación de la Promoción, en caso de fuerza mayor, o causas ajenas a su voluntad, OUIGO podrá sustituir los citados premios por otros de igual o superiores valor / características, por los indicados motivos.

En ningún caso se podrá canjear el premio por su valor en metálico o por otro premio distinto. Queda prohibido la comercialización y/o venta del premio directa o indirectamente y por cualquier medio.

 

SÉPTIMA.- COMUNICACIÓN AL GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO

Una vez seleccionados los dos (2) ganadores, OUIGO contactará a cada uno de ellos por mensaje directo de la red social en la que hubiesen participado, en un plazo de 48 horas desde la selección del ganador. El ganador dispondrá de 24 horas para contactar con OUIGO vía mensaje privado con el fin de comunicar a OUIGO la aceptación del premio y facilitar sus datos de contacto personal (nombre, apellidos DNI y correo electrónico). Transcurrido el indicado plazo sin que el ganador hubiera cumplimentado los anteriores extremos, éste perderá su derecho al premio y se procederá de idéntica manera con los suplentes, pudiendo, en su caso, llegar a declararse el premio desierto.

 

En dicho mensaje privado, el ganador deberá proporcionar a OUIGO los datos personales requeridos, a partir de cuyo momento OUIGO le indicará cómo recoger el premio (i.e la entrada al festival), si así lo hubiese requerido el ganador, recibirá los billetes de tren en formato PDF al email que el ganador hubiera facilitado en el plazo de 48 horas, a contar desde la aceptación del premio por el ganador.

 

En caso de que posteriormente al anuncio del ganador se verificase que no ha cumplido los requisitos, éste no tendrá derecho al premio, que se le otorgaría, tras la verificación correspondiente, al primer suplente seleccionado. Se verificaría y procedería de la misma forma seguidamente con los suplentes restantes.

 

Tendrá la consideración de premio desierto aquel que no tiene ningún solicitante, o que no es adjudicado porque ninguna persona reúne los requisitos necesarios para la obtención del mismo.

 

OCTAVA.- FRAUDE

En el caso de que OUIGO o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente Promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo de la Promoción, alterando ilegalmente su registro, participación, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.

A este respecto es importante añadir que el promotor ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. Por tanto, OUIGO se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito, sin notificación alguna al mismo.

OUIGO se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción.

Igualmente, OUIGO podrá, en el caso de detectar un uso fraudulento del concurso, modificar las presentes bases legales en aquellas disposiciones que fueran pertinentes para lograr el correcto funcionamiento del mismo, comprometiéndose a dar a dichos cambios el mismo grado de publicidad que a las presentes bases legales.

 

NOVENA.- RECLAMACIÓN

El periodo de reclamación de la Promoción finaliza transcurrido un mes desde la fecha de finalización del periodo promocional.

 

DÉCIMA.- ACEPTACIÓN DE BASES

Los participantes, por el mero hecho de participar en la Promoción, aceptan sus bases (disponibles en www.ouigo.com) y el criterio de los promotores en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción.

OUIGO se reserva el derecho a efectuar cualquier cambio, aclaración o rectificación en las bases de esta Promoción, así como a suspenderla o ampliarla en el momento que lo considere oportuno, por causas de fuerza mayor o ajenas a su voluntad, siempre haciendo públicos dichos cambios.

 

DÉCIMOPRIMERA. - TRATAMIENTO DE DATOS

En cumplimiento de lo establecido en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (“Reglamento general de protección de datos” o “RGPD”) así como por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (“LOPDGDD”), OUIGO ESPAÑA, S.A.U. informa a los participantes que sus datos serán tratados para la gestión y desarrollo de la presente Promoción, así como en su caso, para la entrega de los premios en caso de que resulten ganadores.

El responsable del tratamiento es OUIGO ESPAÑA, S.A.U., con CIF A-88269972, y con domicilio social en Calle Alfonso XII, 62, Madrid. OUIGO ha nombrado formalmente un Delegado de Protección de Datos Personales, el cual se podrá contactar a través de: dpo@ouigo.es.

En concreto, se tratarán datos identificativos y de contacto, y los datos derivados de la participación en la Promoción a través de Instagram o TikTok, pudiendo incluir la imagen. Los participantes declaran y garantizan que todos los datos de carácter personal que faciliten a OUIGO son veraces y se corresponden a su identidad.

El tratamiento de los datos está legitimado sobre la base del consentimiento prestado a OUIGO al participar voluntariamente en la Promoción. La recogida de los datos personales es necesaria para los fines indicados anteriormente, de manera que una eventual oposición por el participante supondría la imposibilidad de participar en el sorteo al constituir el tratamiento de sus datos un requisito necesario.

El plazo de conservación de los datos de los ganadores será el necesario para el proceso de validación y envío de los premios, mientras que los datos de los participantes se conservarán durante el período de tiempo estrictamente necesario para gestionar la promoción. No obstante, en ambos casos, los datos podrán permanecer debidamente bloqueados en los sistemas de la empresa para atender cualquier tipo de obligación legal o reclamación.

Los datos personales podrán ser comunicados a distintos Organismos Públicos en cumplimiento de las obligaciones legales que resulten de aplicación a OUIGO (por ejemplo, en materia fiscal y contable) y Notarios. No se prevé la transferencia internacional de los datos personales, no obstante, y en caso de proceder con alguna transferencia internacional, por ejemplo, a un prestador de servicios que actúa en calidad de encargado del tratamiento, OUIGO lo hará priorizando la elección de un país que ofrezca un nivel adecuado de seguridad en materia de protección de datos personales o, en su defecto, adoptando garantías adicionales para la seguridad de los datos personales transferidos, al amparo de las posibilidades que reconoce la normativa vigente como la suscripción de cláusulas contractuales tipo, junto con la aplicación de las medidas técnicas y organizativas necesarias. Puedes obtener más información sobre transferencias internacionales y encargados del tratamiento escribiendo a datos@ouigo.es.

En todo momento, se podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, así como retirar el consentimiento, recogidos en el RGPD y en la LOPDGDD, enviando su petición mediante correo electrónico a datos@ouigo.es bajo el asunto de Protección de datos o mediante escrito dirigido a la dirección anteriormente indicada de OUIGO ESPAÑA, S.A.U., a la atención de datos@ouigo.es. Del mismo modo, los participantes pueden contactar con el DPO de OUIGO en dpo@ouigo.es.

OUIGO le facilitará la información solicitada en el plazo máximo de un mes a partir de la recepción de la solicitud. Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos meses en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad y número de solicitudes.

Por último, los participantes tienen derecho a obtener la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) en caso de entender que se han vulnerado los derechos de protección de datos.

 

DÉCIMOSEGUNDA. -ADMINISTRACIÓN DE LA PROMOCIÓN A TRAVÉS DE LAS PLATAFORMAS INSTAGRAM Y TIKTOK

Ninguna de las plataformas Instagram o TikTok patrocinan, avalan ni administran de modo alguno esta Promoción ni están asociadas a ella. La información que el usuario proporcione durante su participación en la Promoción la está proporcionando bajo su responsabilidad a OUIGO y no a Instagram o TikTok. La información que proporcione se utilizará de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases.

 

DÉCIMOTERCERA.- RESPONSABILIDAD

OUIGO no será responsable de la cancelación del festival, los retrasos, pérdidas o deterioros por causas que no le sean imputables. La empresa organizadora tampoco responderá de los casos de fuerza mayor (tales como huelgas, cancelación de las circulaciones por ADIF, restricciones de tráfico o plazas impuestas al operador ferroviario, restricciones de movilidad personal o en los lugares de residencia de los participantes…etc.) o causas ajenas a su voluntad que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio. La empresa organizadora quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del premio.

OUIGO excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de la RRSS mediante la cual se participa en la Promoción, redes telefónicas o a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo y, en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través de la RRSS de la presente Promoción.

OUIGO queda exonerada de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a OUIGO y especialmente por actos externos de mala fe.

Tampoco será responsable OUIGO por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.

Así mismo, se informa a los participantes que la vigencia y la propia duración de la Promoción queda sujeta a las limitaciones y recomendaciones que las Autoridades españolas han aprobado para hacer frente a la crisis sanitaria del COVID-19, una vez concluida la vigencia del estado de Alarma en el territorio nacional, así como a la restante normativa relacionada con la misma, en tanto pudieran afectar a la redención de los premios. Como consecuencia de todo ello, OUIGO podría no garantizar a los Consumidores, por motivos de Fuerza mayor, la obtención de los premios ofrecidos en esta Promoción, sino en las fechas en las que fuera posible mantener el disfrute de los mismos; todo ello, en estricto cumplimiento de la Ley y de las recomendaciones que determinen las Autoridades sanitarias españolas competentes.

 

DÉCIMOCUARTA. – DERECHOS DE IMAGEN Y DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Los ganadores del presente concurso, autorizan a OUIGO para que pueda captar y/o reproducir por cualquier medio su imagen y/o voz (tanto mediante foto fija como mediante su grabación por sistemas de audio y/o audiovisuales), comprendiendo la presente autorización la captación, explotación, reproducción, distribución, publicación, transformación y comunicación pública (así como la puesta a disposición del público) de su imagen (y/o su voz y nombre), así como a utilizar y difundir su nombre y apellidos en calidad de ganador, en cualquier actividad publicitaria y/o promocional relacionada con la presente Promoción, sin que ello le confiera derecho de remuneración, contraprestación o beneficio económico alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado conforme a las presentes bases legales.

La presente autorización se realiza con carácter mundial, con carácter gratuito y por el plazo máximo de 1 año.

Sin perjuicio de lo anterior, OUIGO no estará en ningún caso obligado a utilizar las imágenes, nombres, y/o voz del ganador y de los miembros de su equipo, pudiendo o no utilizarlas parcialmente, eligiendo las fotografías, imágenes y/o realizando los cortes y/o adaptaciones que considere convenientes en cada caso.

En caso de duda sobre el tratamiento de sus datos personales, puede dirigirse a dpo@ouigo.es

 

DÉCIMOQUINTA.- FISCALIDAD

A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no  residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto nº 1003/2014, de 5 de diciembre y novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 633/2015, de 10 de Julio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil OUIGO la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, “IRPF”).

 

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente Promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros.

 

A estos efectos, se comunica que el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición, incrementado en un veinte por ciento (20%), según establece el artículo 105.1 del citado Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

 

OUIGO se hará cargo del importe correspondiente al ingreso a cuenta del IRPF sobre el valor del premio. No obstante, corresponde al ganador incorporar tanto el importe del valor del premio como el importe del ingreso a cuenta no repercutido en su declaración anual del IRPF.

 

OUIGO advierte al premiado que, dependiendo de su nivel de renta, la incorporación del valor del premio y del ingreso a cuenta a su declaración, podría suponer un incremento en los impuestos que tengan que pagar por IRPF.

 

Asimismo, se informa al participante/ganador que deberán confirmar el día de su designación como tales sus datos personales, mostrando su DNI o documento válido de identificación en España.

OUIGO no será, en ningún caso, responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador del premio.

 

Se informa a los participantes que, dado el valor de los premios ofrecidos, estos están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF.

 

DÉCIMOSEXTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE

Estas bases de participación se rigen por la legislación española. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de estas bases quedará sometida a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, a los que las partes se someten con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

 

DÉCIMOSÉPTIMA.- DEPÓSITO DE BASES

Las Bases de la presente promoción se encuentran depositadas y protocolizadas ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid Dña. Eva María Fernández Medina, con despacho en Calle Hermosilla 31, 4ºDcha, 28001 Madrid y publicadas en el Archivo Electrónico de bases de promociones (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en www.notariado.org/liferay/web/notariado/e-notario, así como en https://www.ouigo.com/es/.