Bases Legales Sorteo Árticus

DE OUIGO ESPAÑA, S.A.U.

 

PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA, ÁMBITO TEMPORAL, TERRITORIAL Y PARTICIPANTES

La entidad mercantil OUIGO ESPAÑA, S.A.U (en adelante, "OUIGO"), con domicilio en la calle Alfonso XII nº62, 28014-Madrid y C.I.F. nºA-8269972, realizará una promoción de ámbito nacional excluyendo Canarias e Islas Baleares, bajo la modalidad de "sorteo” denominada ÁRTICUS – OUIGO (en adelante, la “Promoción”) dentro del periodo promocional que a continuación se especifica, dirigida a todas aquellas personas físicas mayores de 18 años residentes en España, a través de los canales de OUIGO en las RRSS Instagram, Facebook y Twitter.

La Promoción se llevará a cabo desde el 13 de diciembre a la hora en la que OUIGO publique en sus redes sociales el post anunciando la promoción hasta el 19 de diciembre a las 23:59 am. ambos inclusive, en las condiciones que más adelante se detallan.

Si por causas ajenas a OUIGO fuera necesario modificar, ampliar o repetir la Promoción, este hecho se hará público a través de los canales de OUIGO en las RRSS mencionadas.

La participación en la presente Promoción es absolutamente gratuita.

 

SEGUNDA.- OBJETO

El objetivo de esta Promoción es potenciar la notoriedad de OUIGO orientada a consumidores de RRSS, en concreto, Instagram, Facebook y Twitter.

 

TERCERA. – LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR

Podrán participar en la Promoción todas aquellas personas físicas mayores de 18 años que residan legalmente en España y sean usuarios registrados de cualquiera de las RRSS Instagram, Facebook o Twitter con un perfil de usuario real y público.

No podrán participar en la presente Promoción los empleados de OUIGO ni los de aquellas empresas integradas en la realización de la Promoción o los respectivos familiares en segundo grado de todos ellos; así como los menores de 18 años y las personas no residentes en territorio nacional o residentes de Canarias e Islas Baleares

En el supuesto de que resultara ganador alguna de las personas excluidas de participación, estas perderán su derecho a obtener el premio, procediéndose a entregar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones de participación válidas designada como suplente.

 

CUARTA.- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

Para participar en la presente Promoción, además de cumplir los requisitos anteriores, es necesario cumplir con lo siguiente:

 

  1. Los usuarios que participen a través del canal de Instagram de OUIGO (https://www.instagram.com/ouigo_es/) deberán seguir la cuenta @ouigo_es y comentar la publicación que OUIGO realizará anunciando la Promoción eligiendo el premio que quieren e incluyendo mención a otro usuario.
  2. Los usuarios que participen a través del canal de Facebook de OUIGO (https://www.facebook.com/OuigoEspana) deberán seguir la página en la que OUIGO hubiese comunicado la Promoción eligiendo el premio que quieren y  comentar la publicación incluyendo mención a otro usuario.
  3. Los usuarios que participen a través del canal de Twitter de OUIGO (https://twitter.com/OUIGO_Es) deberán seguir la cuenta @OUIGO_es, elegir el premio al que quieren optar y compartir mediante RT.

 

Los usuarios podrán participar tantas veces como deseen, siempre cuando hagan uso del mismo perfil de la Red Social en la que participen, ya sea Instagram, Facebook o Twitter optando únicamente por un premio. En caso de que salga la misma persona ganadora en dos plataformas distintas, pasaría al suplente (en una de ellas). Queda excluida la participación de una persona a través del uso de diferentes perfiles que pudiera disponer. Si esto ocurriera, la participación del usuario podría ser excluida de conformidad con las presentes Bases.

 

Asimismo, no se destina un premio por plataforma, sino que se unen las participaciones en todas ellas para sacar un cómputo de participación general. 

 

Solo se entenderá válida la participación de un usuario si se cumplen todos los requisitos previstos en las presentes bases.

 

No se aceptan comentarios con contenido vulgar, difamatorio o que atenten contra la moral y las buenas costumbres. Éstos serán automáticamente borrados de la cadena de comentarios del post/tweet publicado.

 

El participante manifiesta y garantiza a OUIGO que la publicación de su comentario a través de cualquiera de las RRSS para su participación en la Promoción de acuerdo con las presentes bases es exclusiva responsabilidad del usuario participante de modo, que, OUIGO no será responsable por ninguna infracción que pudiera derivarse de dicha publicación y, en particular, en lo relativo a posibles infracciones de los derechos de terceros. En consecuencia, el usuario participante exonera expresamente a OUIGO de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse por la publicación de comentario, por etiquetar a terceros usuarios y por el nombramiento de los mismos, así como del uso de dichas publicaciones que pudiera llevar a cabo cualquier tercero.

 

Asimismo, el usuario participante autoriza expresamente a OUIGO a reproducir, utilizar y/o difundir el comentario, en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta Promoción, todo ello en cualquier medio, incluido Internet, sin límite de tiempo, sin que dichas actividades le confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado, en su caso, conforme a estas bases, exonerando asimismo a OUIGO de cualquier responsabilidad que de ello se pudiera derivar.

 

OUIGO no se hace cargo de cualquier incidencia que pudiera interrumpir el servicio de Instagram, Facebook o Twitter impidiendo la participación en la Promoción. Del mismo modo, la organización no proveerá de conectividad de servicio de datos ni se hace cargo de cualquier incidencia de los operadores que impidieran la participación.

 

QUINTA.- SELECCIÓN DE GANADORES: SORTEO

El sorteo del premio se realizará mediante el seleccionador de nombres online Random Picker entre todos los participantes que hubieran cumplido los anteriores requisitos. La citada aplicación proporciona una herramienta para seleccionar de forma aleatoria los ganadores de la promoción, emitiendo un certificado de validez conforme el sorteo se ha realizado a través de la misma y de forma aleatoria. Se seleccionará un total de siete (7) ganadores, así como catorce (14) suplentes, a más tardar, el día 20 de diciembre de 2022.

 

OUIGO se reserva la posibilidad de modificar dicha fecha a su conveniencia, siempre que sea por causa justificada.

 

SEXTA.- PREMIOS

Los premios de la presente Promoción consisten en 4 entradas para cada uno de los 5 ganadores para entrar al evento Articus, patinar en la pista de hielo patrocinada por OUIGO y entradas para el espectáculo Peter Pan On Ice y 4 entradas para cada uno de los 2 ganadores de entradas VIP para entrar a Articus, ver el espectáculo de Peter Pan On Ice, acceder a GrandiOso y tener acceso a las 3 zonas VIP de restauración a cualquier hora (Tipi Bar, Food Trucks y Mahoutown sin incluir consumición). El día en el que podrían disfrutar del premio y, en caso de requerirlos, los billetes de tren, sería el 29 de diciembre por la tarde con acceso a la pista de patinaje a las 18:30, a GrandiOso a las 19:30, al espectáculo de Peter Pan On Ice a las20:30 y acceso a cualquier hora del día a las zonas de restauración si corresponde.

Además de los billetes de ida y vuelta desde cualquiera de los destinos OUIGO hacia Madrid (en caso de que se requiera). Los billetes se podrán emitir en un plazo máximo de ida/vuelta de 2 días anterior y posterior al evento.

No se incluyen opciones adicionales en los billetes de tren (como equipaje, mascotas, etc.) ni es aplicable para productos ("packs” y similares) que incluyan alguna opción junto con el billete.

Sin perjuicio de lo previsto más adelante para la cancelación del sorteo, en caso de fuerza mayor, o causas ajenas a su voluntad, OUIGO podrá sustituir los citados premios por otros de igual o superiores valor / características, por los indicados motivos.

En ningún caso se podrá canjear el premio por su valor en metálico o por otro premio distinto. Queda prohibido la comercialización y/o venta del premio directa o indirectamente y por cualquier medio.

 

SÉPTIMA.- COMUNICACIÓN AL GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO

Una vez seleccionados los siete (7) ganadores, OUIGO contactará con cada uno de ellos por mensaje directo de la red social en la que hubiesen participado, además de una mención en stories, en un plazo de 3 días hábiles desde la finalización del sorteo. El ganador dispondrá de 24 horas para contactar con OUIGO vía mensaje privado con el fin de comunicar a OUIGO la aceptación del premio y facilitar sus datos de contacto personal. Transcurrido el indicado plazo sin que el ganador hubiera cumplimentado los anteriores extremos, se procederá de idéntica manera con los suplentes, pudiendo, en su caso, llegar a declararse el premio desierto.

 

Tendrá la consideración de premio desierto aquel que no tiene ningún solicitante, o que no es adjudicado porque ninguna persona reúne los requisitos necesarios para la obtención del mismo.

 

En dicho mensaje privado, el ganador deberá proporcionar a OUIGO los datos personales requeridos, a partir de cuyo momento OUIGO realizará la reserva del billete, remitiéndole la documentación del viaje junto con las entradas del evento en formato PDF al email que el ganador hubiera facilitado, con una antelación mínima de una semana antes de la celebración del evento.

 

OCTAVA.- FRAUDE

En el caso de que OUIGO o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente Promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo de la Promoción, alterando ilegalmente su registro, participación, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante. A este respecto es importante añadir que el promotor ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. Por tanto, el promotor se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito.

 

NOVENA.- RECLAMACIÓN

El periodo de reclamación de la Promoción finaliza transcurrido un mes desde la fecha de finalización del periodo promocional.

 

DÉCIMA.- ACEPTACIÓN DE BASES

Los participantes, por el mero hecho de participar en la Promoción, aceptan sus bases (disponibles en www.ouigo.com) y el criterio los promotores en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción.

 

DÉCIMO PRIMERA.- TRATAMIENTO DE DATOS

En cumplimiento de lo establecido en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales, OUIGO ESPAÑA, S.A.U.., informa a los participantes que los datos personales facilitados para su participación en la Promoción o los que facilite posteriormente en caso de resultar ganador, serán incorporados y tratados en un fichero automatizado de datos de carácter personal responsabilidad de RIELSFERA, S.A.U. sociedad española con C.I.F. número A88269972, y domicilio a efectos de este contrato en la calle Méndez Álvaro 20 (28045 Madrid).

Finalidad: El tratamiento de los datos personales facilitados por los usuarios para su participación, así como los que faciliten posteriormente en caso de resultar ganadores tiene la finalidad de gestionar la participación y la posterior entrega del premio, en su caso. 

Legitimación: El tratamiento de los datos está legitimado sobre la base del consentimiento del interesado, por su voluntad de participar en la promoción.

Destinatarios: OUIGO podrán contratar con terceros parte de los servicios relacionados con la gestión de la Promoción, con el fin de obtener soporte logístico y/o administrativo (i.e. empresas de servicios de entrega). Estas empresas podrán tener acceso a los datos personales únicamente en la medida que sea necesario para el cumplimiento de los servicios contratados y únicamente en relación con las finalidades del tratamiento de los mismos anteriormente indicadas.

Conservación de datos: Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga vigente la relación con el participante, posteriormente, OUIGO únicamente conservará los datos personales durante el periodo de tiempo que fuera necesario para ejercitar su derecho de defensa en caso de que sea ella quien reclame o sea a ella a quien se reclame cualquier tipo de responsabilidad derivada de la Promoción. El plazo de conservación será equivalente a la prescripción de las acciones y obligaciones que puedan derivarse de la relación entre OUIGO y el participante. En ningún caso se contempla por parte de OUIGO la existencia de decisiones automatizadas para la elaboración de perfiles o la transferencia internacional de los datos a terceros países.

Seguridad: OUIGO ha adoptado cuantas medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos personales teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines de los tratamientos realizados, así como los riesgos en términos de probabilidad y gravedad para los derechos y libertades de las personas físicas.

Derechos y posibilidad de reclamación: En todo momento, se podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, recogidos en el RGPD (UE) 2016/679, enviando su petición mediante correo electrónico a dpo@ouigo.es bajo el asunto de Protección de datos, aportando siempre prueba de identidad mediante copia de documento de identidad o cualquier otro documento que pueda acreditarla.

Si el interesado considerase que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente de protección de datos, tiene derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control (Agencia Española de Protección de Datos) en www.aepd.es. Aunque es compromiso de OUIGO garantizar la privacidad y la seguridad de los datos y resolver internamente cualquier cuestión con ellas relacionada.

 

DÉCIMO SEGUNDA. -ADMINISTRACIÓN DE LA PROMOCIÓN A TRAVÉS DE LAS PLATAFORMAS INSTAGRAM, FACEBOOK Y TWITTER

Ninguna de las plataformas Instagram, Facebook y Twitter patrocinan, avalan, ni administran de modo alguno esta Promoción, ni está asociada a ellas. La información que el usuario proporcione durante su participación en la Promoción la está proporcionando bajo su responsabilidad a OUIGO y no a Instagram, Facebook o Twitter. La información que proporcione se utilizará de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

 

DÉCIMO TERCERA.- RESPONSABILIDAD

OUIGO no será responsable de los retrasos, pérdidas o deterioros por causas que no le sean imputables. La empresa organizadora tampoco responderá de los casos de fuerza mayor (tales como huelgas, cancelación de las circulaciones por ADIF, restricciones de tráfico o plazas impuestas al operador ferroviario, restricciones de movilidad personal o en los lugares de residencia de los participantes…etc.) o causas ajenas a su voluntad que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio. La empresa organizadora quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del premio.

OUIGO excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de la RRSS mediante la cual se participa en la Promoción, redes telefónicas o a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo y, en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través de la RRSS de la presente Promoción.

OUIGO queda exonerada de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a OUIGO y especialmente por actos externos de mala fe.

Tampoco será responsable OUIGO por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.

Así mismo, se informa a los participantes que la vigencia y la propia duración de la Promoción queda sujeta a las limitaciones y recomendaciones que las Autoridades españolas han aprobado para hacer frente a la crisis sanitaria del COVID-19, una vez concluida la vigencia del estado de Alarma en el territorio nacional, así como a la restante normativa relacionada con la misma, en tanto pudieran afectar a la redención de los premios. Como consecuencia de todo ello, OUIGO podría no garantizar a los Consumidores, por motivos de Fuerza mayor, la obtención de los premios ofrecidos en esta promoción, sino en las fechas en las que fuera posible mantener el disfrute de los mismos; todo ello, en estricto cumplimiento de la Ley y de las recomendaciones que determinen las Autoridades sanitarias españolas competentes.

 

DÉCIMO CUARTA.- FISCALIDAD

A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no  residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto nº 1003/2014, de 5 de diciembre y novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 633/2015, de 10 de Julio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil OUIGO la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).

 

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.

 

A estos efectos, se comunica que el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición, incrementado en un veinte por ciento (20%), según establece el artículo 105.1 del citado Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

 

OUIGO se hará cargo del importe correspondiente al ingreso a cuenta del IRPF sobre el valor del premio. No obstante, corresponde al ganador incorporar tanto el importe del valor del premio como el importe del ingreso a cuenta no repercutido en su declaración anual del IRPF.

 

OUIGO advierte al premiado que, dependiendo de su nivel de renta, la incorporación del valor del premio y del ingreso a cuenta a su declaración, podría suponer un incremento en los impuestos que tengan que pagar por IRPF.

 

Asimismo, se informa al participante/ganador que deberán confirmar el día de su designación como tales sus datos personales, mostrando su DNI o documento válido de identificación en España.

OUIGO no será, en ningún caso, responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador de premio.

 

Se informa a los participantes que, dado el valor de los premios ofrecidos, estos están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF.

 

DÉCIMO SEXTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE

Estas bases de participación se rigen por la legislación española. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de estas bases será resuelta por los juzgados y tribunales de la ciudad de Madrid, a los que las partes se someten con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

 

DÉCIMO SÉPTIMA.- DEPÓSITO DE BASES

Las Bases de la presente promoción se encuentran depositadas y protocolizadas ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid Don Luis Máiz Cal, con despacho en Paseo Pintor Rosales, 20, 2°, 28008- Madrid y publicadas en el Archivo Electrónico de bases de promociones (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en www.notariado.org/liferay/web/notariado/e-notario y estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas, así como en https://www.ouigo.com/es/.