BASES DEL SORTEO “PACK DE INVITACIONES PARA UN CONCIERTO DE SHAKIRA” DE OUIGO ESPAÑA, S.A.U.

PRIMERA. - ENTIDAD ORGANIZADORA, ÁMBITO TEMPORAL, TERRITORIAL, PARTICIPANTES  

 

La entidad organizadora es OUIGO ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, “OUIGO”), con domicilio en la calle Alfonso XII n° 62, 28014-Madrid y C.I.F. n° A-88269972, realizará una promoción de ámbito nacional, bajo la modalidad de "sorteo” denominada “Pack de invitaciones para un concierto de Shakira” (en adelante, la “Promoción”) dentro del periodo promocional que a continuación se especifica, dirigida a todas aquellas personas físicas, mayores de edad, residentes en España, suscritas a la newsletter de OUIGO, y que cumplan con el resto de las condiciones previstas en estas bases, por medio de un correo electrónico enviado por OUIGO.

El sorteo se realizará entre los participantes de la Promoción de OUIGO (en adelante, el “Sorteo”) que cumplan las condiciones previstas en estas Bases.  

La Promoción se llevará a cabo desde el 28 de julio de 2026 hasta las 23:59:59 horas del día 31 de agosto de 2026, en las condiciones que más adelante se detallan.  

Si por causas ajenas a OUIGO fuera necesario modificar, ampliar o repetir el Sorteo, este hecho se comunicará por medio de correo electrónico a los participantes.  

 

SEGUNDA. - OBJETO

 

El objetivo de este Sorteo es potenciar la notoriedad de OUIGO en el marco de la promoción del concierto de Shakira que se celebrará en Madrid el 18 de septiembre de 2026 en el recinto Iberdrola Music de Madrid en el marco de su residencia europea 2026 (en adelante, el “Concierto”).

El premio consistirá en un pack de cuatro (4) entradas en la categoría PL1 GRADA para asistir al Concierto, una entrada para el ganador y una entrada para cada uno de sus tres (3) acompañantes de su libre elección.

 

TERCERA. – LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR

 

Podrán participar en el Sorteo todas aquellas personas físicas mayores de 18 años que residan legalmente en España, y (i) que tengan un billete confirmado y válido para viajar a bordo de un tren OUIGO entre el 28 de julio de 2026 y el 12 de diciembre de 2026, ambos inclusive, comprado entre el 28 de julio y el 27 de agosto de 2026 a través de la página web o App de OUIGO (en adelante, el “Billete”); (ii) sean usuarios suscritos a la newsletter de OUIGO antes de comprar el Billete; y (iii) que hayan completado la mecánica de participación en su totalidad en el plazo de participación previsto en estas Bases.

La dirección de correo electrónico asociada a la reserva del Billete tendrá que coincidir con la dirección de correo electrónico a través de la que el participante está suscrito a la newsletter de OUIGO.

No podrán participar en el Sorteo los empleados de OUIGO ni los de aquellas empresas integradas en la realización de la Promoción o el Sorteo o los respectivos familiares en segundo grado de todos ellos; así como los menores de 18 años y las personas no residentes en territorio nacional.

En el supuesto de que resultara ganador alguna de las personas excluidas de participación, o que haya proporcionado información falsa a OUIGO, estas perderán su derecho a obtener el premio, procediéndose a continuar el proceso de selección con el siguiente participante que reúna las condiciones de participación válidas.

 

CUARTA.- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

 

La Promoción se anunciará a través de un correo electrónico enviado por OUIGO al participante a la dirección de correo electrónico asociada a la reserva del Billete en un plazo máximo de tres (3) días desde la compra del Billete donde se informará sobre la mecánica de participación y los premios por participar.  

Para participar en la presente Promoción, además de cumplir los requisitos anteriores, es necesario cumplir con lo siguiente:

  • Estar suscrito a la newsletter de OUIGO. En caso de no estarlo, deberás darte de alta antes de participar;
  • Comprar un billete para viajar entre el 28 de julio y el 12 de diciembre de 2026;  
  • Acceder al enlace facilitado en el correo electrónico de OUIGO a través del que se accederá a la página de inscripción habilitada por OUIGO.  
  • Confirmar ser mayor de edad, haber leído y aceptado las presentes Bases, y haber leído y aceptado la Política de privacidad en dicha página para confirmar su participación en el Sorteo.

Los titulares de la dirección de correo electrónico a los que se envíe el correo electrónico podrán participar una sola vez independientemente del número de billetes de OUIGO adquiridos. Queda por lo tanto excluida la participación de una persona a través del uso de diferentes direcciones de correo electrónico que pudiera disponer. Si esto ocurriera, la participación del usuario podría ser excluida de conformidad con las presentes Bases. Solo se entenderá válida la participación de un usuario si se cumplen todos los requisitos previstos en las presentes Bases.

OUIGO no se responsabiliza de ninguna incidencia que pudiera impedir la participación en la Promoción y/o el Sorteo. Del mismo modo, la organización no proveerá de conectividad de servicio de datos ni se hace cargo de cualquier incidencia de los operadores que impidieran la participación.

 

QUINTA. - SORTEO  

 

El Sorteo se realizará anonimizando los datos de todos los participantes que hubieran cumplido los anteriores requisitos y escogiendo uno (1) de entre ellos al azar. Se realizará a más tardar un (1) día después de la finalización del plazo para participar en la Promoción. OUIGO se reserva la posibilidad de modificar la fecha a su conveniencia, siempre que sea por causa justificada.

 

Si el ganador rechaza el premio o no cumple con las condiciones de estas bases, se realizará de nuevo un sorteo con las mismas condiciones para seleccionar al/los suplentes.

 

SEXTA. - PREMIO

 

EL premio del presente Sorteo será el indicado a continuación:

  • Un (1) pack de cuatro (4) entradas en la categoría PL1 GRADA, una (1) entrada para el ganador y tres (3) entradas para los tres (3) acompañantes de su elección para asistir al concierto de Shakira que se celebrará el 18 de septiembre de 2026 a partir de las 20:30h en el recinto Iberdrola Music de Madrid en el marco de su residencia europea 2026. A petición del ganador, billetes directos de tren OUIGO de ida y vuelta para el ganador y sus (3) tres acompañantes, desde cualquiera de los destinos operados por OUIGO hasta la ciudad dónde se celebrará el Concierto (Madrid). No se incluye alojamiento. Las fechas y horarios de los trayectos estarán sujetos a disponibilidad y serán determinados por OUIGO. Los billetes serán OUIGO Esencial, y no se incluirán opciones adicionales (como equipaje, mascotas, etc.) ni otros productos ("packs" y similares) que incluyan alguna opción junto con el billete.
  • La aceptación de los billetes como parte del premio supone la aceptación de las Condiciones Generales de Venta y Transporte de particulares de OUIGO ESPAÑA, S.A.U. (“CCGG”), tanto por parte del ganador como de sus acompañantes. En caso de incidencias, OUIGO responderá conforme a lo dispuesto en esas CCGG.
  • Las invitaciones y los billetes, en su caso, serán válidos exclusivamente para las fechas reflejadas en ellos y no podrán ser modificados, canjeados por otra fecha, ni transferidos a terceros.

(En adelante, el “Premio”).

El valor del Premio asciende, aproximadamente, a ochocientos cuarenta y ocho euros (848€) (incluyendo las cuatro invitaciones al Concierto — ciento cincuenta y ocho euros cada una— y los billetes de tren OUIGO de ida y vuelta para el ganador y sus acompañantes —aproximadamente cincuenta y cuatro euros por persona—).

Los Premios son personales e intransferibles. En este sentido, las invitaciones y billetes de tren, en su caso, serán asociados a los nombres y apellidos del ganador y de sus acompañantes.  

Sin perjuicio de lo previsto más adelante para la cancelación de la Promoción, en caso de fuerza mayor, o causas ajenas a su voluntad, OUIGO podrá sustituir el Premio por otro de igual o superior valor / características, por los indicados motivos. En ningún caso se podrán canjear el Premio por su valor en metálico o por otro premio distinto. Queda prohibida la comercialización y/o venta del acceso al Premio directa o indirectamente y por cualquier medio.

 

SÉPTIMA. - COMUNICACIÓN AL GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO

 

Concluido el periodo de participación en la Promoción, y una vez seleccionado el ganador, OUIGO se pondrá en contacto con él a través del correo electrónico que haya indicado al suscribirse a la newsletter de OUIGO a partir de las 12:00:00 horas del día 1 de septiembre de 2026, y le informará de cómo acceder al premio.

 

El ganador dispondrá de un plazo máximo de setenta y dos (72) horas a contar desde el envío del correo electrónico por parte de OUIGO para aceptar expresamente el premio. En caso de no recibir respuesta en el plazo indicado, o si el ganador no cumple con los requisitos establecidos en las presentes bases, se procederá a contactar con los suplentes, en orden. Al participar en el Sorteo, los participantes autorizan a OUIGO a que éste pueda contactar con ellos por medio de correo electrónico en caso de que resulten ganadores. No se realizará ningún otro tipo de comunicación, salvo que sea necesario para el cumplimiento de otra finalidad distinta y siempre que se disponga de una base de legitimación adecuada para ello.  

 

Para poder recibir las invitaciones y los billetes, en su caso, el ganador deberá proporcionar a OUIGO los datos personales requeridos y, en su caso, los de sus acompañantes, incluyendo una dirección de correo electrónico. OUIGO enviará las invitaciones y los billetes a la dirección de correo electrónico que el ganador le haya proporcionado a más tardar el 11 de septiembre de 2026. Al facilitar los datos de sus acompañantes, el ganador declara haber obtenido su consentimiento expreso para compartir dicha información con OUIGO, exclusivamente con la finalidad de gestionar la entrega del Premio.

 

 

En el caso de necesitar transporte en tren OUIGO, que se ofrecerá bajo las condiciones previstas en estas bases, se solicitará, además, el nombre, apellidos del ganador y de sus acompañantes. OUIGO enviará los billetes a la dirección de correo electrónico que el ganador le haya proporcionado a más tardar el 11 de septiembre de 2026.

 

OUIGO se reserva el derecho de declarar desierto el premio correspondiente en caso de no poder contactar con el ganador ni los suplentes dentro de los plazos establecidos o en caso de que ninguno cumpla los requisitos establecidos en estas bases. Tendrá la consideración de premio desierto aquel que no tiene ningún participante, o que no es adjudicado porque ninguna persona reúne los requisitos necesarios para la obtención del mismo o, tras haberlo obtenido, lo han rechazado expresa o tácitamente, en las condiciones establecidas en estas bases.

 

OCTAVA. - FRAUDE

 

En el caso de que OUIGO o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al Sorteo o a la Promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del Sorteo o de la Promoción, alterando ilegalmente su registro, participación, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante. A este respecto es importante añadir que el organizador ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. Por tanto, el organizador se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito.

 

NOVENA. - ACEPTACIÓN DE BASES Y RECLAMACIÓN

 

Los participantes, previa inscripción en el Sorteo, deberán leer y aceptar las bases de la Promoción (disponibles en https://www.ouigo.com/es/shakira-madrid-2026) y el criterio del organizador en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada del Sorteo.  

El periodo de reclamación del Sorteo finaliza transcurrido un mes desde la fecha en que se realice el Sorteo.

 

DÉCIMA. - TRATAMIENTO DE DATOS Y DERECHOS DE IMAGEN

 

En cumplimiento de lo establecido en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD) así como por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), OUIGO informa a los participantes que sus datos serán tratados para la gestión y desarrollo del presente Sorteo, así como en su caso, para la redención de los premios en caso de que resulten ganadores.

Los participantes declaran y garantizan que todos los datos de carácter personal que faciliten a OUIGO son veraces y se corresponden con su identidad.

OUIGO solicitará al potencial ganador el envío de sus datos identificativos y de contacto, así como de la documentación justificativa necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos de participación en el Sorteo, al correo electrónico experience@ouigo.es. La información aportada será tratada exclusivamente con la finalidad de comprobar el cumplimiento de los requisitos del Sorteo y gestionar la entrega del Premio, procurando en todo momento no recabar ni conservar datos personales que no sean adecuados, pertinentes y necesarios para dichas finalidades. La falta de aportación de los datos estrictamente necesarios para verificar el cumplimiento de los requisitos del Sorteo o para gestionar la entrega de los Premios podrá dar lugar a la pérdida de su condición de ganador, en los términos previstos en las presentes Bases.

En todo momento, los participantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, recogidos en el RGPD y LOPDGDD, enviando su petición mediante correo electrónico a datos@ouigo.es o mediante escrito dirigido a la dirección calle Alfonso XII nº62, 28014-Madrid.

El plazo de conservación de los datos del ganador y sus acompañantes será el necesario para el proceso de validación y envío del Premio, así como en su caso atender el plazo de prescripción de obligaciones legales.  

Asimismo, mediante su participación en el Sorteo, los participantes autorizan a OUIGO, de forma gratuita, no exclusiva y durante el plazo máximo de dos (2) años, a reproducir, compartir, repostear, comunicar públicamente y difundir los contenidos publicados o remitidos para participar en el Sorteo en caso de resultar ganadores, incluyendo, en su caso, su imagen, voz, y demás elementos identificativos que aparezcan en dichos contenidos, a través de los canales corporativos de OUIGO, incluyendo redes sociales, página web, comunicaciones comerciales, notas de prensa y cualesquiera otros medios digitales o físicos vinculados a la difusión del Sorteo, la comunicación del ganador o la promoción de la acción.

En caso de que los participantes, el ganador o sus acompañantes publiquen durante el Sorteo fotografías, vídeos, stories, reels u otros contenidos en redes sociales mencionando o etiquetando a OUIGO autorizan a OUIGO, de forma gratuita, no exclusiva, sin limitación territorial dada la naturaleza global de internet y durante el plazo máximo de dos (2) años desde la finalización del Sorteo, a reproducir, compartir, repostear, comunicar públicamente y difundir dichos contenidos a través de sus canales corporativos, incluyendo redes sociales, página web, comunicaciones comerciales, notas de prensa y cualesquiera otros medios digitales o físicos vinculados a la difusión del Sorteo, del Concierto o de la Promoción.

Dada la naturaleza pública y multitudinaria del Concierto, los participantes conocen y aceptan que podrán realizarse captaciones generales de imagen, vídeo o sonido del acto, tanto por OUIGO como por el organizador del Concierto, medios de comunicación u otros asistentes. OUIGO podrá utilizar aquellas imágenes generales en las que la aparición de los asistentes sea meramente accesoria o incidental en el contexto del Concierto. Cuando OUIGO pretenda utilizar imágenes en las que los participantes, el ganador o sus acompañantes aparezcan de forma individualizada, protagonista o claramente identificable para fines promocionales, publicitarios o de difusión, recabará la correspondiente autorización.

 

DÉCIMAPRIMERA. - RESPONSABILIDAD

 

OUIGO no será responsable de los retrasos, pérdidas o deterioros por causas que no le sean imputables. La empresa organizadora tampoco responderá de los casos de fuerza mayor (tales como huelgas, cancelación de las circulaciones por ADIF, restricciones de tráfico o plazas impuestas al operador ferroviario, restricciones de movilidad personal o en los lugares de residencia de los participante, etc.) o causas ajenas a su voluntad que pudieran impedir al ganador y sus acompañantes el disfrute total o parcial de su premio, sin perjuicio de su posible responsabilidad en calidad de empresa ferroviaria, en su caso. La empresa organizadora quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del premio.

OUIGO excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de internet, redes telefónicas o a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo y, en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a la APP y a las distintas páginas.

OUIGO queda exonerada de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción y/o el Sorteo por causas ajenas a OUIGO y especialmente por actos externos de mala fe. Tampoco será responsable OUIGO por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.

Los participantes de la presente Promoción exoneran, de la forma más amplia que en derecho proceda y sin limitar en modo alguno sus derechos como consumidores, a OUIGO por cualquier tipo de responsabilidad, sanción, reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa, incluyendo indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, gastos o costas (con expresa inclusión de los honorarios de letrados y procuradores).

Sin limitar en ninguna medida la aplicación de las garantías y derechos reconocidos a los consumidores en la normativa aplicable, OUIGO no se responsabilizará de la participación en la Promoción de los participantes y no asume responsabilidad alguna por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo que pudieren sufrir los participantes, o terceros como consecuencia de la participación en la Promoción.

OUIGO no asumirá ningún tipo de responsabilidad derivada del cambio, modificación o supresión de todo o en parte de la Promoción por motivos de fuerza mayor o cualquier otra circunstancia (condiciones meteorológicas, etc.) que impidan el desarrollo de todo o parte de la mencionada Promoción. OUIGO se reserva el derecho de adoptar las medidas correctivas y a tomar aquellas decisiones razonables que sean necesarias para solventar las incidencias que pudieran surgir durante el transcurso de la Promoción para garantizar el correcto desarrollo de la misma.

OUIGO quedará eximido de cualquier tipo de responsabilidad a partir del momento en el que el participante se inscriba para participar en la Promoción. El participante no podrá emprender ningún tipo de Promoción legal contra OUIGO por ningún motivo derivado de su inscripción y/o participación en la Promoción.

OUIGO queda exonerada de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a OUIGO y especialmente por actos externos de mala fe.

Tampoco será responsable OUIGO por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.  

Así mismo, se informa a los participantes que la vigencia y la propia duración del Sorteo queda sujeta a las limitaciones y recomendaciones que las Autoridades sanitarias españolas competentes aprueben en tanto pudieran afectar a la redención del premio. Como consecuencia de todo ello, OUIGO podría no garantizar a los Consumidores, por motivos de Fuerza mayor, la obtención del premio ofrecido en este Sorteo, sino en las fechas en las que fuera posible mantener el disfrute de los mismos; todo ello, en estricto cumplimiento de la Ley y de las recomendaciones que determinen las Autoridades sanitarias españolas competentes.

 

DÉCIMOSEGUNDA. - FISCALIDAD

 

Al premio de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto nº 1003/2014, de 5 de diciembre y novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 633/2015, de 10 de Julio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil OUIGO la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente Promoción de que el premio concedido por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.

A estos efectos, se comunica que el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición, incrementado en un veinte por ciento (20%), según establece el artículo 105.1 del citado Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

En premios de importe superior a trescientos euros (300€), OUIGO se hará cargo del importe correspondiente al ingreso a cuenta del IRPF sobre el valor del premio. No obstante, corresponde al ganador incorporar tanto el importe del valor del premio como el importe del ingreso a cuenta no repercutido en su declaración anual del IRPF.

OUIGO advierte al premiado que, dependiendo de su nivel de renta, la incorporación del valor del premio y del ingreso a cuenta a su declaración, podría suponer un incremento en los impuestos que tengan que pagar por IRPF.

Asimismo, se informa al participante/ganador que deberá facilitar, en el momento de su designación como tal, sus datos personales, incluyendo copia de su DNI o documento válido de identificación en España.

OUIGO no será, en ningún caso, responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador del premio.

Se informa a los participantes que, dado que el valor del Premio es superior a trescientos euros (300€), está sujeto a retención o ingreso a cuenta de IRPF.

 

DÉCIMOTERCERA. - LEGISLACIÓN APLICABLE

 

Estas bases de participación se rigen por la legislación española. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de estas bases será resuelta por los juzgados y tribunales del domicilio del agraciado, a los que las partes se someten con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

 

DÉCIMOCUARTA.- DEPÓSITO DE BASES

 

Las bases del presente Sorteo estarán a disposición de cualquier persona que desee https://www.ouigo.com/es/bbll-sorteo-entradas-shakira