Sorteo golden ticket 2024

BASES DEL SORTEO “GOLDEN TICKET OUIGO FMS INTERNACIONAL”
DE OUIGO ESPAÑA, S.A.U.
 

PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA, ÁMBITO TEMPORAL, TERRITORIAL Y PARTICIPANTES

 

La entidad mercantil OUIGO ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, “OUIGO”), con domicilio en la calle Alfonso XII n° 62, 28014-Madrid y C.I.F. n° A-88269972, realizará una promoción de ámbito nacional, bajo la modalidad de "sorteo” denominada GOLDEN TICKET OUIGO FMS INTERNACIONAL” (en adelante, la “Promoción”) dentro del periodo promocional que a continuación se especifica, dirigida a todas aquellas personas físicas mayores de 18 años residentes en España, a través del perfil de Instagram de OUIGO “@ouigo_es”.

 

La Promoción se llevará a cabo durante la celebración del Freestyle Master Series Internacional 2024 (en adelante, “FMS Internacional 2024”) de Madrid, desde las 16:00:00 horas del día 10 de febrero de 2024 hasta las 23:59:59 horas del mismo día 10 de febrero de 2024, en las condiciones que más adelante se detallan.

 

Si por causas ajenas a OUIGO fuera necesario modificar, ampliar o repetir la Promoción, este hecho se hará público a través de los canales de OUIGO en Instagram. 

 

La participación en la presente Promoción es absolutamente gratuita.

 

SEGUNDA.- OBJETO

 

El objetivo de esta Promoción es potenciar la notoriedad de OUIGO orientada a consumidores de Redes Sociales (en adelante, “RRSS”), en concreto, en Instagram. 

 

TERCERA.- LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR 

 

Podrán participar en la Promoción todas aquellas personas físicas mayores de 18 años que residan legalmente en España y sean usuarios registrados de la RRSS Instagram con un perfil de usuario real y público. 

 

No podrán participar en la presente Promoción los empleados de OUIGO ni los de aquellas empresas integradas en la realización de la Promoción o los respectivos familiares en segundo grado de todos ellos; así como los menores de 18 años y las personas no residentes en territorio nacional.

 

En el supuesto de que resultara ganador alguna de las personas excluidas de participación, esta perderá su derecho a obtener el premio, procediéndose a entregar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones de participación válidas designada como suplente. 

 

CUARTA.- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

 

Para participar en la presente Promoción, además de cumplir los requisitos anteriores, es necesario cumplir con lo siguiente:

 

  • Los participantes deberán seguir el perfil de Instagram de OUIGO, “@ouigo_es”.

  • Los participantes deberán publicar un story en su perfil de Instagram con una imagen del stand de OUIGO en FMS Internacional 2024, que se celebra en Madrid el día 10 de febrero de 2024, mencionando a la cuenta @ouigo_es. 

 

Los usuarios podrán participar una sola vez por persona. Queda por lo tanto excluida la participación de una persona varias veces y/o a través del uso de diferentes perfiles que pudiera disponer. Si esto ocurriera, la participación del usuario podría ser excluida de conformidad con las presentes bases.

 

Solo se entenderá válida la participación de un usuario si se cumplen todos los requisitos previstos en las presentes bases.

 

No se aceptan stories ni comentarios con contenido vulgar, difamatorio o que atenten contra la moral y las buenas costumbres o la imagen de OUIGO, siendo, los participantes que los emitan, excluidos directamente de la Promoción.

 

El participante manifiesta y garantiza a OUIGO que la publicación de su story a través de su perfil de Instagram para su participación en la Promoción de acuerdo con las presentes bases es exclusiva responsabilidad del usuario participante y que ostenta todos los derechos sobre el story, de modo que OUIGO no será responsable por ninguna infracción que pudiera derivarse de dicha publicación y, en particular, en lo relativo a posibles infracciones de los derechos de terceros. En consecuencia, el usuario participante exonera expresamente a OUIGO de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse por la publicación del story, por la infracción de derechos de propiedad intelectual o de otra naturaleza de terceros, por etiquetar a terceros usuarios y/o por el nombramiento de los mismos, así como del uso de dichas publicaciones que pudiera llevar a cabo cualquier tercero. 

 

Asimismo, el usuario participante autoriza expresamente a OUIGO a reproducir, utilizar y/o difundir el story y/o el comentario, en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta Promoción, todo ello en cualquier medio, incluido Internet, sin límite de tiempo ni de territorio, sin que dichas actividades le confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado, en su caso, conforme a estas bases, exonerando asimismo a OUIGO de cualquier responsabilidad que de ello se pudiera derivar.

 

OUIGO no se hace cargo de cualquier incidencia que pudiera interrumpir el servicio de Instagram, impidiendo la participación en la Promoción. Del mismo modo, la organización no proveerá de conectividad de servicio de datos ni se hace cargo de cualquier incidencia de los operadores que impidieran la participación.

 

QUINTA.- SELECCIÓN DE GANADORES: SORTEO

 

El sorteo del premio se realizará mediante el sistema aleatorio de la aplicación app-sorteos (https://app-sorteos.com/es) entre todos los participantes que hubieran cumplido los anteriores requisitos. La citada aplicación proporciona una herramienta para seleccionar de forma aleatoria el ganador de la Promoción, emitiendo un certificado de validez conforme el sorteo se ha realizado a través de la misma y de forma aleatoria. Se seleccionará un total de un (1) ganador, así como dos (2) suplentes, a más tardar, el día 12 de febrero de 2024.

 

OUIGO se reserva la posibilidad de modificar dicha fecha a su conveniencia, siempre que sea por causa justificada.

 

SEXTA.- PREMIOS

 

El premio de la presente Promoción será un “Golden Ticket” de OUIGO, que incluye 10 viajes de un solo trayecto cada uno en tren OUIGO a cualquiera de los destinos disponibles de OUIGO, que deberán realizarse antes del 31 de mayo de 2024. Los viajes deberán ser solicitados por el ganador vía email a la cuenta experience@ouigo.com con una semana mínimo de antelación y, en todo caso, estarán sujetos a disponibilidad de los asientos.

 

Las fechas vetadas, que no se incluyen en la promoción, son los siguientes días:

 

  • Marzo: del 1 al 19 (con llegada a Valencia), del 16 al 19 (con llegada a Alicante) y del 22 al 31

 

  • Abril: el día 1 (con llegada a Barcelona, Valencia y Alicante), del 17 al 24 (con llegada a Alicante) y del 20 al 23 (con llegada a Zaragoza)

 

  • Mayo: del 1 al 5, del 18 al 20 (con llegada a Barcelona) y el 31 (con llegada a Albacete)

 

 

No se incluyen opciones adicionales en los billetes de tren (como equipaje adicional, selección de asiento, mascotas, etc.) ni es aplicable para productos (“packs” y similares) que incluyan alguna opción junto con el billete. 

 

Sin perjuicio de lo previsto más adelante para la cancelación del sorteo, en caso de fuerza mayor, o causas ajenas a su voluntad, OUIGO podrá sustituir los citados premios por otros de igual o superior valor / características, por los indicados motivos. 

 

En ningún caso se podrá canjear el premio por su valor en metálico o por otro premio distinto. Queda prohibida la comercialización y/o venta del premio directa o indirectamente y por cualquier medio.

 

SÉPTIMA.- COMUNICACIÓN AL GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO

 

Una vez seleccionado el ganador, OUIGO se lo comunicará mediante un mensaje privado (Direct) de Instagram y/o lo anunciará vía Instagram stories a través de la cuenta oficial de OUIGO a más tardar el día 13 de febrero de 2024. El ganador dispondrá de 24 horas para contactar con OUIGO vía mensaje privado con el fin de comunicar a OUIGO la aceptación del premio y facilitar sus datos de contacto personal. Transcurrido el plazo indicado sin que el ganador hubiera cumplimentado los anteriores extremos, se procederá de idéntica manera con los suplentes, pudiendo, en su caso, llegar a declararse el premio desierto. 

En dicho mensaje privado, el ganador deberá proporcionar a OUIGO los datos personales requeridos, a partir de cuyo momento OUIGO entregará el premio al ganador vía online, por correo electrónico, haciéndole saber cómo puede canjear su Golden Ticket al email que el ganador hubiera facilitado, en el plazo de una semana a contar desde la aceptación del premio por el ganador. 

 

OCTAVA.- FRAUDE

 

En el caso de que OUIGO o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente Promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo de la Promoción, alterando ilegalmente su registro, participación, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante. A este respecto es importante añadir que el promotor ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. Por tanto, el promotor se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito.

 

NOVENA.- RECLAMACIÓN

 

El periodo de reclamación de la Promoción finaliza transcurrido un mes desde la fecha de finalización del periodo promocional.

 

DÉCIMA.- ACEPTACIÓN DE BASES

 

Los participantes, por el mero hecho de participar en la Promoción, aceptan sus bases (disponibles en www.ouigo.com) y el criterio de los promotores en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción. 

 

DECIMOPRIMERA.- TRATAMIENTO DE DATOS

 

En cumplimiento de lo establecido en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) así como por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (“LOPDGDD”), OUIGO ESPAÑA, S.A.U. informa a los participantes que sus datos serán tratados para la gestión y desarrollo de la presente Promoción, así como en su caso, para la redención de los premios en caso de que resulten ganadores.

 

Responsable del tratamiento de datos: OUIGO ESPAÑA, S.A.U. con domicilio social en calle Alfonso XII n° 62, 28014-Madrid.

 

Contacto del Delegado de Protección de Datos (en adelante, “DPO”): dpo@ouigo.es

 

Tipología de datos: identificativos y de contacto. Las participantes declaran y garantizan que todos los datos de carácter personal que facilite a OUIGO son veraces y se corresponden a su identidad.

 

El tratamiento de los datos está legitimado sobre la base de la ejecución de la relación promocional establecida con OUIGO, y se tratan por ésta con la finalidad de gestionar el registro y participación en la Promoción, así como para hacer efectiva la entrega del premio en caso de resultar ganador de la misma. La recogida de los datos personales es necesaria para los fines indicados anteriormente, de manera que una eventual oposición por el participante supondría la imposibilidad de participar en el sorteo al constituir el tratamiento de sus datos un requisito contractual.

 

Comunicación de datos: Los datos personales podrán ser comunicados a distintos Organismos Públicos en cumplimiento de las obligaciones legales que resulten de aplicación a OUIGO (por ejemplo, en materia fiscal y contable) y Notarios.

 

No se prevé la transferencia internacional de los datos personales, no obstante, y en caso de proceder con alguna transferencia internacional, por ejemplo, a un prestador de servicios que actúa en calidad de encargado del tratamiento, OUIGO lo hará priorizando la elección de un país que ofrezca un nivel adecuado de seguridad en materia de protección de datos personales o, en su defecto, adoptando garantías adicionales para la seguridad de los datos personales transferidos, al amparo de las posibilidades que reconoce la normativa vigente como la suscripción de cláusulas contractuales tipo, junto con la aplicación de las medidas técnicas y organizativas necesarias. Puedes obtener más información sobre transferencias internacionales y encargados del tratamiento escribiendo a datos@ouigo.es.

 

En todo momento, se podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, así como retirar el consentimiento, recogidos en el RGPD (UE) 216/679 y en la LOPDGDD, enviando su petición mediante correo electrónico a datos @ouigo.es bajo el asunto de “Protección de datos” o mediante escrito dirigido a la dirección anteriormente indicada de OUIGO ESPAÑA, S.A.U., a la atención de datos @ouigo.es. Del mismo modo, los participantes pueden contactar con el DPO de OUIGO en dpo@ouigo.es. Asimismo, le informamos que puede interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es). 

 

El plazo de conservación de los datos de los ganadores será el necesario para el proceso de validación y envío de los premios, así como en su caso atender el plazo de prescripción de las obligaciones legales en materia tributaria, en su caso.

 

Una vez cumplidas estas finalidades, los datos se conservarán exclusivamente durante el periodo de tiempo necesario que permita a la Promotora ejercitar su derecho de defensa en caso de que o bien ella reclame o bien se le reclame a ella cualquier tipo de responsabilidad derivada de su participación en la promoción. Este periodo de tiempo será el equivalente a la prescripción de las acciones y obligaciones que puedan derivarse de la relación entre usted y la Promotora.

 

DECIMOSEGUNDA.- ADMINISTRACIÓN DE LA PROMOCIÓN A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA INSTAGRAM

 

La plataforma Instagram no patrocina, avala, ni administra de modo alguno esta Promoción, ni está asociada a ella. La información que el usuario proporcione durante su participación en la Promoción la está proporcionando bajo su responsabilidad a OUIGO y no a Instagram. La información que proporcione se utilizará de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. 

 

DECIMOTERCERA.- RESPONSABILIDAD

 

OUIGO no será responsable de los retrasos, pérdidas o deterioros por causas que no le sean imputables. La empresa organizadora tampoco responderá de los casos de fuerza mayor (tales como huelgas, cancelación de las circulaciones por ADIF, restricciones de tráfico o plazas impuestas al operador ferroviario, restricciones de movilidad personal o en los lugares de residencia de los participantes…etc.) o causas ajenas a su voluntad que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio. La empresa organizadora quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del premio.

 

OUIGO excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de la RRSS mediante la cual se participa en la Promoción, redes telefónicas o a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo y, en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través de la RRSS de la presente Promoción.

 

OUIGO queda exonerada de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a OUIGO y especialmente por actos externos de mala fe. 

 

Tampoco será responsable OUIGO por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma. 

 

Así mismo, se informa a los participantes que la vigencia y la propia duración de la Promoción queda sujeta a las limitaciones y recomendaciones que las Autoridades españolas han aprobado para hacer frente a la crisis sanitaria del COVID-19, una vez concluida la vigencia del estado de Alarma en el territorio nacional, así como a la restante normativa relacionada con la misma, en tanto pudieran afectar a la redención de los premios. Como consecuencia de todo ello, OUIGO podría no garantizar a los Consumidores, por motivos de Fuerza mayor, la obtención de los premios ofrecidos en esta promoción, sino en las fechas en las que fuera posible mantener el disfrute de los mismos; todo ello, en estricto cumplimiento de la Ley y de las recomendaciones que determinen las Autoridades sanitarias españolas competentes.

 

DECIMOCCUARTA.- DERECHOS DE AUTOR, DE PROPIEDAD INDUSTRIAL Y/O INTELECTUAL Y DERECHOS DE IMAGEN

 

Los participantes garantizan a OUIGO que disponen de los derechos de autor, de propiedad industrial y/o intelectual, consentimiento expreso o de cualquier otra naturaleza sobre los stories y comentarios publicados por ellos con motivo de la Promoción y, ceden en exclusiva, de forma gratuita, con facultad de cesión a terceros, sin límite temporal ni territorial a favor de OUIGO todos los derechos de explotación sobre las mismas por cualquier medio. 

 

Los participantes autorizan el uso de su imagen por parte de OUIGO, en caso de aparecer en las imágenes o vídeos publicados por ellos y garantizan que han recabado la autorización del uso de la imagen de las personas que aparecen en dichas imágenes o vídeos, sin que ello les confiera derecho de remuneración, contraprestación o beneficio económico alguno.

 

Los participantes mantendrán indemne a OUIGO de cualquier reclamación que éste pueda recibir de terceros por el incumplimiento por el participante de las anteriores garantías.

 

DECIMOQUINTA.- FISCALIDAD

 

A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no  residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto nº 1003/2014, de 5 de diciembre y novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 633/2015, de 10 de Julio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil OUIGO la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.

 

A estos efectos, se comunica que el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición, incrementado en un veinte por ciento (20%), según establece el artículo 105.1 del citado Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

 

OUIGO se hará cargo del importe correspondiente al ingreso a cuenta del IRPF sobre el valor del premio. No obstante, corresponde al ganador incorporar tanto el importe del valor del premio como el importe del ingreso a cuenta no repercutido en su declaración anual del IRPF. 

 

OUIGO advierte al premiado que, dependiendo de su nivel de renta, la incorporación del valor del premio y del ingreso a cuenta a su declaración, podría suponer un incremento en los impuestos que tengan que pagar por IRPF.

 

Asimismo, se informa al participante/ganador que deberán confirmar el día de su designación como tales sus datos personales, mostrando su DNI o documento válido de identificación en España.

OUIGO no será, en ningún caso, responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador del premio.

 

Se informa a los participantes que, dado el valor del premio ofrecido, éste puede estar sujeto a retención o ingreso a cuenta de IRPF.

 

DECIMOSEXTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE

 

Estas bases de participación se rigen por la legislación española. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de estas bases será resuelta por los juzgados y tribunales del domicilio del agraciado, a los que las partes se someten con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

 

DECIMOSÉPTIMA.- DEPÓSITO DE BASES

 

Las bases de la presente promoción se encuentran depositadas y protocolizadas ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid Eva María Fernández Medina, con despacho en C/ de Hermosilla, 31, 4º Derecha, 28001 Madrid y publicadas en el Archivo Electrónico de bases de promociones (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en www.notariado.org/liferay/web/notariado/e-notario y estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas, así como en https://www.ouigo.com/es/.