BASES DEL CONCURSO “LUNA DE MIEL EN OUIGO”
DE OUIGO ESPAÑA, S.A.U.
PRIMERA. - ENTIDAD ORGANIZADORA, ÁMBITO TEMPORAL, TERRITORIAL Y PARTICIPANTES
La entidad mercantil OUIGO ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, “OUIGO” o la “Promotora”), con domicilio en la calle Alfonso XII n° 62, 28014-Madrid y C.I.F. n° A-88269972, realizará una promoción de ámbito nacional, bajo la modalidad de "concurso” denominada “CÁSATE CON OUIGO EN MAD COOL FESTIVAL” (en adelante, la “Promoción”) dentro del periodo promocional que a continuación se especifica, dirigida a todas aquellas personas físicas mayores de 18 años residentes en España, a través del perfil de Instagram de OUIGO “@ouigo_es”
La Promoción se llevará a cabo desde el día 10 de julio de 2024 hasta las 23:59:99 horas del día 16 de julio de 2024, ambos inclusive, en las condiciones que más adelante se detallan.
Si por causas ajenas a OUIGO fuera necesario modificar, ampliar o repetir la Promoción, este hecho se hará público a través de los canales de OUIGO en Instagram.
La participación en la presente Promoción es absolutamente gratuita.
SEGUNDA. - OBJETO
El objetivo de esta Promoción es potenciar la notoriedad de OUIGO orientada a consumidores de RRSS, en concreto, Instagram.
TERCERA. – LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR
Podrán participar en la Promoción todas aquellas personas físicas mayores de 18 años que residan legalmente en España y sean usuarios registrados de la RRSS Instagram con un perfil de usuario real y público.
No podrán participar en la presente Promoción los empleados de OUIGO ni los de aquellas empresas integradas en la realización de la Promoción o los respectivos familiares en segundo grado de todos ellos; así como los menores de 18 años y las personas no residentes en territorio nacional.
En el supuesto de que resultara ganador alguna de las personas excluidas de participación, estas perderán su derecho a obtener el premio, procediéndose a entregar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones de participación válidas designada como suplente.
CUARTA. - MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
Para participar en la presente Promoción, además de cumplir los requisitos anteriores, es necesario que los participantes cumplan con lo siguiente:
● Asistan al stand de OUIGO en el festival Mad Cool en cualquiera de los días del 10 al 13 de julio de 2024 y se hagan una foto en el altar del stand de OUIGO tras haber simulado una boda según la temática establecida por OUIGO.
● Suban la foto al feed de su perfil de Instagram con el hashtag #LunaDeMielOUIGO.
● Sigan el perfil de Instagram de OUIGO, @ouigo_es.
La cuenta de Instagram del participante deberá ser pública para que la participación pueda ser verificada.
Solo se entenderá válida la participación de un usuario si se cumplen todos los requisitos previstos en las presentes bases.
No se aceptan comentarios, hashtags ni fotografías con contenido vulgar, difamatorio o que atenten contra la moral y las buenas costumbres. Éstos no serán computados para participar en la promoción.
El participante manifiesta y garantiza a OUIGO que la publicación de su foto a través de Instagram para su participación en la Promoción de acuerdo con las presentes bases es exclusiva responsabilidad del usuario participante de modo que OUIGO no será responsable por ninguna infracción que pudiera derivarse de dicha publicación y, en particular, en lo relativo a posibles infracciones de los derechos de terceros. En consecuencia, el usuario participante exonera expresamente a OUIGO de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse por la publicación de la fotografía, por etiquetar a terceros usuarios y por el nombramiento de los mismos, así como del uso de dichas publicaciones que pudiera llevar a cabo cualquier tercero.
Asimismo, el usuario participante autoriza expresamente a OUIGO a reproducir, utilizar y/o difundir la foto, en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta Promoción, todo ello en cualquier medio, incluido Internet, sin límite de tiempo, sin que dichas actividades le confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado, en su caso, conforme a estas bases, exonerando asimismo a OUIGO de cualquier responsabilidad que de ello se pudiera derivar.
OUIGO no se hace cargo de cualquier incidencia que pudiera interrumpir el servicio de Instagram, impidiendo la participación en la Promoción. Del mismo modo, la organización no proveerá de conectividad de servicio de datos ni se hace cargo de cualquier incidencia de los operadores que impidieran la participación.
QUINTA. - SELECCIÓN DE GANADORES: CONCURSO
El ganador será el participante cuya publicación obtenga la mayor cantidad de "likes" en Instagram hasta las 23:59 del martes 16 de julio de 2024.
En caso de empate, se seleccionará al ganador, de entre los participantes que hayan empatado, mediante el sistema aleatorio de la aplicación App Sorteos (https://app-sorteos.com/es)
Los suplentes al premio serán los siguientes participantes con mayor número de “likes” en Instagram.
OUIGO se reserva la posibilidad de modificar dicha fecha a su conveniencia, siempre que sea por causa justificada.
SEXTA. - PREMIOS
El premio de la presente Promoción será el indicado a continuación:
● Un (1) viaje para dos (2) personas en tren OUIGO ida y vuelta a un destino de OUIGO a elegir entre Barcelona, Alicante, Valencia o Tarragona, desde una de las ciudades en las que OUIGO opere trenes con conexión al destino OUIGO seleccionado + dos (2) noches en un hotel de 5 estrellas elegido por OUIGO para dos (2) personas en el destino OUIGO seleccionado de entre los mencionados. Podrán disfrutar del premio en las fechas elegidas por el ganador con, al menos un (1) mes de antelación, sujeto a disponibilidad de plazas, entre el 15 de septiembre y el 15 de noviembre.
No se incluyen opciones adicionales en los billetes de tren (como equipaje, mascotas, etc.) ni es aplicable para productos ("packs” y similares) que incluyan alguna opción junto con el billete.
Sin perjuicio de lo previsto más adelante para la cancelación de la Promoción, en caso de fuerza mayor, o causas ajenas a su voluntad, OUIGO podrá sustituir los citados premios por otros de igual o superiores valor / características, por los indicados motivos.
En ningún caso se podrá canjear el premio por su valor en metálico o por otro premio distinto. Queda prohibido la comercialización y/o venta del premio directa o indirectamente y por cualquier medio.
SÉPTIMA. - COMUNICACIÓN AL GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO
Una vez identificado el ganador, OUIGO contactará con él por mensaje directo de Instagram a más tardar el día 17 de julio de 2024. El ganador dispondrá de 24 horas para contactar con OUIGO vía mensaje privado con el fin de comunicar a OUIGO la aceptación del premio y facilitar sus datos de contacto personal. El ganador deberá comunicar a OUIGO, al menos con un mes de antelación a la fecha del viaje, el destino elegido y las fechas en las que desea disfrutar del premio. Transcurridos los indicados plazos sin que el ganador hubiera cumplimentado los anteriores extremos, se procederá de idéntica manera con los suplentes, pudiendo, en su caso, llegar a declararse el premio desierto.
Cuando el ganador comunique a OUIGO la fecha y destino elegidos, siempre que lo haga dentro del plazo establecido y sujeto a disponibilidad de asientos, OUIGO realizará la reserva de los billetes, y los remitirá en formato PDF al email que el ganador hubiera facilitado, en el plazo de 48 horas, a contar desde la comunicación del ganador. Si no hubiera disponibilidad en las fechas seleccionadas, OUIGO lo comunicará al ganador, que podrá elegir otras fechas dentro del período previsto en el apartado Quinto de estas Bases Legales.
OCTAVA. - FRAUDE
En el caso de que OUIGO o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente Promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo de la Promoción, alterando ilegalmente su registro, participación, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante. A este respecto es importante añadir que el promotor ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. Por tanto, el promotor se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito.
NOVENA. - RECLAMACIÓN
El periodo de reclamación de la Promoción finaliza transcurrido un mes desde la fecha de finalización del periodo promocional.
DÉCIMA. - ACEPTACIÓN DE BASES
La participación en esta promoción implica el conocimiento y la aceptación de las presentes bases legales (disponibles en www.ouigo.com), incluido el criterio de los promotores en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción.
DÉCIMO PRIMERA. - TRATAMIENTO DE DATOS
En cumplimiento de lo establecido en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) así como por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), OUIGO ESPAÑA, S.A.U. informa a los participantes que sus datos serán tratados para la gestión y desarrollo de la presente Promoción, así como en su caso, para la redención de los premios en caso de que resulten ganadores.
Las participantes declaran y garantizan que todos los datos de carácter personal que facilite a OUIGO son veraces y se corresponden a su identidad.
El tratamiento de los datos está legitimado sobre la base de la ejecución de la relación promocional establecida con OUIGO, y se tratan por ésta con la finalidad de gestionar el registro y participación en la Promoción, así como para hacer efectiva la entrega del premio en caso de resultar ganador de la misma. La recogida de los datos personales es necesaria para los fines indicados anteriormente, de manera que una eventual oposición por el participante supondría la imposibilidad de participar en el concurso al constituir el tratamiento de sus datos un requisito contractual.
En todo momento, se podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, recogidos en el RGPD (UE) 216/679 y LOPDGDD, enviando su petición a la dirección de OUIGO ESPAÑA, S.A.U., Calle Alfonso XII, 62, cuarta planta, 28014 Madrid o mediante escrito dirigido al correo electrónico: datos@ouigo.es. Del mismo modo, se puede presentar una reclamación ante la autoridad de control, Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
No están previstas comunicaciones de datos a terceros ni transferencias a un país o organización externos al Espacio Económico Europeo, salvo que obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros.
El plazo de conservación de los datos de los ganadores será el necesario para el proceso de validación y envío de los premios, así como atender el plazo de prescripción de las obligaciones legales en materia tributaria, en su caso. Una vez cumplidas las finalidades, los datos de participantes y ganadores se conservarán exclusivamente durante el periodo de tiempo necesario que permita a la Promotora ejercitar su derecho de defensa en caso de que o bien ella reclame o bien se le reclame a ella cualquier tipo de responsabilidad derivada de su participación en la promoción. Este periodo de tiempo será el equivalente a la prescripción de las acciones y obligaciones que puedan derivarse de la relación entre usted y la Promotora.
DÉCIMO SEGUNDA. - CÉSION DE DERECHOS DE IMAGEN
El participante autoriza a OUIGO a reproducir, utilizar y/o difundir la foto, en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta Promoción, todo ello en cualquier medio, incluido Internet, sin límite de tiempo, sin que dichas actividades le confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado, en su caso, conforme a estas bases, exonerando asimismo a OUIGO de cualquier responsabilidad que de ello se pudiera derivar.
DÉCIMO TERCERA. - ADMINISTRACIÓN DE LA PROMOCIÓN A TRAVÉS DE LAS PLATAFORMA INSTAGRAM
Instagram no avala, ni administra de modo alguno esta Promoción, ni está asociada a ella. La información que el usuario proporcione durante su participación en la Promoción la está proporcionando bajo su responsabilidad a OUIGO y no a Instagram. La información que proporcione se utilizará de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
DÉCIMO CUARTA. - RESPONSABILIDAD
OUIGO no será responsable de los retrasos, pérdidas o deterioros por causas que no le sean imputables. La empresa organizadora tampoco responderá de los casos de fuerza mayor (tales como huelgas, cancelación de las circulaciones por ADIF, restricciones de tráfico o plazas impuestas al operador ferroviario, restricciones de movilidad personal o en los lugares de residencia de los participantes…etc.) o causas ajenas a su voluntad que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio. La empresa organizadora quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del premio. La responsabilidad de OUIGO en cuanto a la prestación del servicio de transporte conforme a los billetes será exclusivamente la prevista en las Condiciones Generales de Venta y Transporte de OUIGO.
OUIGO excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de Instagram, redes telefónicas o a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo y, en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través Instagram.
OUIGO queda exonerada de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a OUIGO y especialmente por actos externos de mala fe.
Tampoco será responsable OUIGO por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.
DÉCIMO QUINTA. – DERECHOS DE AUTOR, DE PROPIEDAD INDUSTRIAL Y/O INTELECTUAL y DERECHOS DE IMAGEN.
Los participantes garantizan a OUIGO que disponen de los derechos de autor, de propiedad industrial y/o intelectual, consentimiento expreso o de cualquier otra naturaleza sobre las fotografías subidas a su perfil para participar en la Promoción y, ceden en exclusiva a favor de OUIGO todos los derechos de explotación sobre los mismos.
Los participantes autorizan de forma gratuita a OUIGO a utilizar, difundir y reproducir su imagen y nombre en el perfil de Instagram de OUIGO, en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta Promoción, todo ello en cualquier medio, incluido Internet, cuando haya podido ser suministrada por los participantes a través de redes sociales con ocasión de su participación en la presente Promoción, todo ello sin ningún tipo de limitación temporal ni territorial y sin que dé lugar a ningún tipo de remuneración o contraprestación por la Promotora.
DÉCIMO SEXTA. - FISCALIDAD
A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto nº 1003/2014, de 5 de diciembre y novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 633/2015, de 10 de Julio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil OUIGO la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.
A estos efectos, se comunica que el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición, incrementado en un veinte por ciento (20%), según establece el artículo 105.1 del citado Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
OUIGO se hará cargo del importe correspondiente al ingreso a cuenta del IRPF sobre el valor del premio. No obstante, corresponde al ganador incorporar tanto el importe del valor del premio como el importe del ingreso a cuenta no repercutido en su declaración anual del IRPF.
OUIGO advierte al premiado que, dependiendo de su nivel de renta, la incorporación del valor del premio y del ingreso a cuenta a su declaración, podría suponer un incremento en los impuestos que tengan que pagar por IRPF.
Asimismo, se informa al participante/ganador que deberán confirmar el día de su designación como tales sus datos personales, mostrando su DNI o documento válido de identificación en España.
OUIGO no será, en ningún caso, responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador del premio.
Se informa a los participantes que, dado el valor de los premios ofrecidos, estos pueden estar sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF.
DÉCIMO SÉPTIMA. - LEGISLACIÓN APLICABLE
Estas bases de participación se rigen por la legislación española. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de estas bases será resuelta por los juzgados y tribunales del domicilio del agraciado, a los que las partes se someten con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
DÉCIMO OCTAVA. - DEPÓSITO DE BASES
Las bases de la presente promoción se encuentran depositadas y protocolizadas ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid Eva María Fernández Medina, con despacho en C/ de Hermosilla, 31, 4º Derecha, 28001 Madrid y publicadas en el Archivo Electrónico de bases de promociones (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en www.notariado.org/liferay/web/notariado/e-notario y estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas, así como en https://www.ouigo.com/es/.